C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250225-21)
Bases ayudas – Orden 192/2025, de 19 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifica la convocatoria 2024 de la Orden 3595/2024, de 30 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid, y se aprueba la convocatoria para el año 2024 de la ayuda a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 47
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 227
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
21
ORDEN 192/2025, de 19 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura
e Interior, por la que se modifica la convocatoria 2024 de la Orden 3595/2024, de 30
de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se
establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones en infraestructuras de
regadíos con objetivos ambientales, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid, y se aprueba la convocatoria para el año 2024 de la ayuda a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante la Orden 3595/2024, de 30 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, se establecieron las bases reguladoras de las ayudas a inversiones
en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, cofinanciadas por el Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid, y se aprobó la convocatoria para el año 2024 de la ayuda a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, publicada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (en adelante BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID) número 269, de 11 de noviembre de 2024.
La convocatoria del año 2024 se publicó en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, el texto íntegro de la misma se registra con fecha 5 de noviembre de 2024 en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, que forma parte de dicha Base de Datos (código BDNS 794713).
Segundo
En el artículo 13 “Plazo de ejecución” de la Orden 3595/2024, de 30 de octubre, se determina que el fin del plazo máximo de ejecución será el 1 de abril del año siguiente de la convocatoria y que excepcionalmente, si la convocatoria se publica con posterioridad al 1 de octubre, ésta podrá establecer un plazo mayor que en ningún caso podrá exceder del 1 de octubre
del ejercicio presupuestario siguiente.
Tercero
En el artículo 47 “Plazo de ejecución y justificación de las ayudas” de la Orden 3595/2024,
de 30 de octubre, se indica que el plazo máximo de ejecución y justificación de las inversiones
y gastos de la convocatoria 2024 será el 1 de abril de 2025.
La convocatoria se publicó el 5 de noviembre de 2024 y el plazo de finalización de la
presentación de las solicitudes de ayuda finalizó el 25 de noviembre de 2024 y hasta la fecha no se ha realizado el Comité de Técnico para proponer la aprobación o denegación de
las ayudas.
Las actuaciones que se subvencionan mediante estas ayudas están relacionadas principalmente con inversiones en obra civil y por tanto se considera que los potenciales beneficiarios de estas ayudas pueden tener serias dificultades en poder ejecutar en tiempo las mismas, por ello se ha considerado oportuno modificar la convocatoria para ampliar el plazo
máximo de ejecución y justificación hasta el 1 de octubre de 2025.
A estos antecedentes de hecho se les aplican los siguientes:
BOCM-20250225-21
Cuarto
B.O.C.M. Núm. 47
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 227
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
21
ORDEN 192/2025, de 19 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura
e Interior, por la que se modifica la convocatoria 2024 de la Orden 3595/2024, de 30
de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se
establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones en infraestructuras de
regadíos con objetivos ambientales, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid, y se aprueba la convocatoria para el año 2024 de la ayuda a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante la Orden 3595/2024, de 30 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, se establecieron las bases reguladoras de las ayudas a inversiones
en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, cofinanciadas por el Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid, y se aprobó la convocatoria para el año 2024 de la ayuda a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, publicada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (en adelante BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID) número 269, de 11 de noviembre de 2024.
La convocatoria del año 2024 se publicó en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, el texto íntegro de la misma se registra con fecha 5 de noviembre de 2024 en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, que forma parte de dicha Base de Datos (código BDNS 794713).
Segundo
En el artículo 13 “Plazo de ejecución” de la Orden 3595/2024, de 30 de octubre, se determina que el fin del plazo máximo de ejecución será el 1 de abril del año siguiente de la convocatoria y que excepcionalmente, si la convocatoria se publica con posterioridad al 1 de octubre, ésta podrá establecer un plazo mayor que en ningún caso podrá exceder del 1 de octubre
del ejercicio presupuestario siguiente.
Tercero
En el artículo 47 “Plazo de ejecución y justificación de las ayudas” de la Orden 3595/2024,
de 30 de octubre, se indica que el plazo máximo de ejecución y justificación de las inversiones
y gastos de la convocatoria 2024 será el 1 de abril de 2025.
La convocatoria se publicó el 5 de noviembre de 2024 y el plazo de finalización de la
presentación de las solicitudes de ayuda finalizó el 25 de noviembre de 2024 y hasta la fecha no se ha realizado el Comité de Técnico para proponer la aprobación o denegación de
las ayudas.
Las actuaciones que se subvencionan mediante estas ayudas están relacionadas principalmente con inversiones en obra civil y por tanto se considera que los potenciales beneficiarios de estas ayudas pueden tener serias dificultades en poder ejecutar en tiempo las mismas, por ello se ha considerado oportuno modificar la convocatoria para ampliar el plazo
máximo de ejecución y justificación hasta el 1 de octubre de 2025.
A estos antecedentes de hecho se les aplican los siguientes:
BOCM-20250225-21
Cuarto