C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250224-23)
Pruebas titulación académica –  Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan para el año 2025 las pruebas para la obtención del título de Bachiller destinadas a personas mayores de veinte años en la Comunidad de Madrid
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 104

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 46

Cuarto
Documentación para la inscripción
Las personas interesadas que, reuniendo los requisitos expresados en el apartado tercero, deseen inscribirse en las pruebas, deberán aportar la siguiente documentación:
1. Solicitud de inscripción debidamente cumplimentada en la que el aspirante deberá marcar las materias de las que desea examinarse, y, en su caso, la modalidad y vía, según corresponda, así como aquellas materias superadas con anterioridad y en las que se solicita reconocimiento, exención o convalidación.
Las materias de Bachillerato integradas en las pruebas para la obtención del título de
Bachiller destinadas a personas mayores de veinte años en la Comunidad de Madrid en la
convocatoria del año 2025 serán las recogidas en el anexo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.6 del Decreto 64/2022, de 20 de julio, la inscripción por parte de los aspirantes en alguna materia del segundo curso que implique continuidad exigirá la correcta acreditación de la superación de la materia vinculada
del primer curso. En caso contrario, los aspirantes deberán examinarse obligatoriamente de
la materia correspondiente al primer curso.
2. Documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente que
acredite el cumplimiento del requisito de edad, en el caso de que el interesado se oponga de
forma expresa a su consulta.
3. Título que acredite que el interesado reúne los requisitos de formación necesarios
para el acceso al Bachillerato o equivalente académico.
4. Si el aspirante solicita la exención, convalidación o reconocimiento de una materia anteriormente superada, deberá acompañar su solicitud de la documentación acreditativa que justifique esta circunstancia, en su caso, con alguno de los siguientes documentos:
a) Certificación académica oficial de los estudios de Bachillerato cursados con
anterioridad.
b) Copia del historial académico de Bachillerato.
c) Certificación oficial de las calificaciones obtenidas en las materias superadas,
convalidadas o exentas en convocatorias anteriores de las pruebas libres para la
obtención del título de Bachillerato para mayores de veinte años.
d) Documentación que acredite alguna de las condiciones para la convalidación de
materias de Bachillerato, conforme al capítulo V de la Orden 2067/2023, de 11 de
junio.
e) Documentación que acredite alguna de las condiciones para estar exento de la materia de Educación Física, conforme al artículo 42 de la Orden 2067/2023, de 11
de junio.
5. Aquellos aspirantes que soliciten la adaptación de las pruebas, por presentar algún
tipo de discapacidad o necesidad educativa específica, deberán aportar la documentación
pertinente que justifique su petición, en el caso de que el interesado se oponga de forma expresa a su consulta o cuando dicha consulta no sea posible.
6. En caso de que el interesado actúe mediante representante, deberá presentar un documento de otorgamiento de la representación.
Quinto
1. Las materias de Bachillerato integradas en las pruebas para la obtención del título de Bachiller destinadas a personas mayores de veinte años en la Comunidad de Madrid
en la convocatoria del año 2025 serán las recogidas en el anexo de la presente Resolución.
2. Para poder ser propuesto a la obtención del título de Bachiller, el aspirante deberá superar todas las materias de la modalidad de Bachillerato y vía, en su caso, en la que se
ha inscrito, conforme a la ordenación académica vigente establecida en el Decreto 64/2022,
de 20 de julio.
Sexto
Inscripción en las pruebas
1.

El plazo de inscripción será del 28 de marzo al 10 de abril, ambos inclusive.

BOCM-20250224-23

Materias de Bachillerato