San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20250224-83)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 46
o superior al de Director General, en cuyos supuestos dicha suscripción o formalización se efectuará por la alcaldesa.
k) La elaboración de los proyectos de disposiciones generales e instrucciones que regulen las materias objeto de su Área.
Pertenecen a esta Área de Gobierno las siguientes concejalías:
— Concejalía de Seguridad, Movilidad, Servicios Municipales y Medio Ambiente.
— Concejalía de Obras y Urbanizaciones.
Cuarto.—Designar a D.a Blanca Martínez Muela, miembro de la Junta de Gobierno
Local y primera Teniente de Alcalde la Concejalía delegada de Urbanismo e Infraestructuras, Hacienda, Deportes y Atención Ciudadana, integrada en el Área de Administración General delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto de los
citados ámbitos materiales, con el alcance que se establece en el apartado décimo de este
decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación:
Urbanismo e Infraestructuras:
a) Dirección y gestión en general relativo a Urbanismo, Actividades comerciales e
industriales y Disciplina Urbanística.
b) Impulso de la elaboración de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística
de todo tipo, con carácter previo a su elevación a los órganos competentes para su
aprobación, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos
en materia de contratación o aprobación de gastos.
c) El impulso, control y supervisión de las obras de urbanización, incluidas en Proyectos de Urbanización o, en su caso, en Proyectos de Obras ordinarias, de iniciativa privada.
d) La suscripción de los Convenios Urbanísticos, una vez que hayan sido ratificados
por el órgano competente.
e) Impulso de la elaboración de los expedientes expropiatorios, así como la firma de
las correspondientes actas de ocupación en tipo de expedientes expropiatorios.
f) Ejercer la tutela de la actividad de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras, así
como de las Entidades privadas colaboradoras para el ejercicio de las actividades
de control.
g) La adopción de acuerdos sobre la recuperación de bienes de titularidad municipal.
h) El control y la gestión de los aspectos relativos a la Inspección Técnica de Edificios.
i) El impulso y la ejecución de la política municipal de vivienda.
Hacienda:
a) Dirección de las relaciones de la Concejalía de Hacienda municipal con las diferentes Administraciones y organizaciones con competencia en la materia.
b) Gestión en general de los servicios de Hacienda y Recaudación Municipales incluyendo la formación de Proyectos de Presupuestos dentro del plazo señalado legalmente y la rendición de Cuentas a la Corporación de las operaciones efectuadas en
cada ejercicio, así como la organización de los Servicios de Planificación Presupuestaria, Recaudación y Tesorería.
c) Relaciones y coordinación con la Intervención general y la Tesorería del Ayuntamiento.
d) Firma de la remisión de publicación de anuncios a los distintos boletines oficiales
en materias de su competencia.
e) Firma de los convenios administrativos de su competencia una vez aprobados por
el órgano correspondiente según el gasto, salvo que por su normativa específica o
por otras razones se firmen por la alcaldesa-presidenta.
f) Incoación y resolución de expedientes sancionadores tributarios.
g) Aprobación de las modificaciones de crédito que no sean competencia del Pleno.
h) Patrimonio municipal, adquisiciones, enajenaciones, permutas, cargas y gravámenes; aprovechamiento de bienes, concesiones y autorizaciones sobre bienes muebles e inmuebles.
i) Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las siguientes
materias:
1. Las actividades de gestión, liquidación e inspección de los tributos municipales,
la recaudación de todos los ingresos de derecho público, así como las funciones
relacionadas con las anteriores materias que asuma este Ayuntamiento mediante cualquier régimen de colaboración con otras Administraciones Públicas.
BOCM-20250224-83
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 46
o superior al de Director General, en cuyos supuestos dicha suscripción o formalización se efectuará por la alcaldesa.
k) La elaboración de los proyectos de disposiciones generales e instrucciones que regulen las materias objeto de su Área.
Pertenecen a esta Área de Gobierno las siguientes concejalías:
— Concejalía de Seguridad, Movilidad, Servicios Municipales y Medio Ambiente.
— Concejalía de Obras y Urbanizaciones.
Cuarto.—Designar a D.a Blanca Martínez Muela, miembro de la Junta de Gobierno
Local y primera Teniente de Alcalde la Concejalía delegada de Urbanismo e Infraestructuras, Hacienda, Deportes y Atención Ciudadana, integrada en el Área de Administración General delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto de los
citados ámbitos materiales, con el alcance que se establece en el apartado décimo de este
decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación:
Urbanismo e Infraestructuras:
a) Dirección y gestión en general relativo a Urbanismo, Actividades comerciales e
industriales y Disciplina Urbanística.
b) Impulso de la elaboración de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística
de todo tipo, con carácter previo a su elevación a los órganos competentes para su
aprobación, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos
en materia de contratación o aprobación de gastos.
c) El impulso, control y supervisión de las obras de urbanización, incluidas en Proyectos de Urbanización o, en su caso, en Proyectos de Obras ordinarias, de iniciativa privada.
d) La suscripción de los Convenios Urbanísticos, una vez que hayan sido ratificados
por el órgano competente.
e) Impulso de la elaboración de los expedientes expropiatorios, así como la firma de
las correspondientes actas de ocupación en tipo de expedientes expropiatorios.
f) Ejercer la tutela de la actividad de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras, así
como de las Entidades privadas colaboradoras para el ejercicio de las actividades
de control.
g) La adopción de acuerdos sobre la recuperación de bienes de titularidad municipal.
h) El control y la gestión de los aspectos relativos a la Inspección Técnica de Edificios.
i) El impulso y la ejecución de la política municipal de vivienda.
Hacienda:
a) Dirección de las relaciones de la Concejalía de Hacienda municipal con las diferentes Administraciones y organizaciones con competencia en la materia.
b) Gestión en general de los servicios de Hacienda y Recaudación Municipales incluyendo la formación de Proyectos de Presupuestos dentro del plazo señalado legalmente y la rendición de Cuentas a la Corporación de las operaciones efectuadas en
cada ejercicio, así como la organización de los Servicios de Planificación Presupuestaria, Recaudación y Tesorería.
c) Relaciones y coordinación con la Intervención general y la Tesorería del Ayuntamiento.
d) Firma de la remisión de publicación de anuncios a los distintos boletines oficiales
en materias de su competencia.
e) Firma de los convenios administrativos de su competencia una vez aprobados por
el órgano correspondiente según el gasto, salvo que por su normativa específica o
por otras razones se firmen por la alcaldesa-presidenta.
f) Incoación y resolución de expedientes sancionadores tributarios.
g) Aprobación de las modificaciones de crédito que no sean competencia del Pleno.
h) Patrimonio municipal, adquisiciones, enajenaciones, permutas, cargas y gravámenes; aprovechamiento de bienes, concesiones y autorizaciones sobre bienes muebles e inmuebles.
i) Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las siguientes
materias:
1. Las actividades de gestión, liquidación e inspección de los tributos municipales,
la recaudación de todos los ingresos de derecho público, así como las funciones
relacionadas con las anteriores materias que asuma este Ayuntamiento mediante cualquier régimen de colaboración con otras Administraciones Públicas.
BOCM-20250224-83
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