Pinilla del Valle (BOCM-20250221-70)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
Pág. 336
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 44
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70
PINILLA DEL VALLE
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 18 de noviembre de 2023, acordó
la aprobación provisional de la imposición de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos. Dicho acuerdo
fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 277, de 20
de noviembre de 2024, sin que durante el plazo de reclamaciones previo a la aprobación definitiva, se haya presentado reclamación alguna, por lo que, a según lo dispuesto en el apartado 3, del artículo 17, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
se entiende definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo plenario. El texto de la citada ordenanza fiscal aprobada es el siguiente:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
RECOGIDA, TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS
Exposición de motivos
A fin de contribuir a alcanzar los objetivos establecidos en la Directiva 2008/98/CE, de 30 de mayo
de 2018, sobre residuos y en la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
30 de mayo de 2018, que la modifica, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, entre otros aspectos, modificó el régimen jurídico
aplicable a la prevención, producción y gestión de residuos, reforzando la recogida separada e
impulsando la implantación de sistemas de pago por generación en el cobro de la tasa o prestación
patrimonial de carácter no tributario correspondiente.
El artículo 11.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular, incorpora el mandato para las entidades locales de implantar una tasa dirigida
a la implantación de sistemas de pago por generación, que refleje el coste real, directo o indirecto,
de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de
estas operaciones y el mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos,
las campañas de concienciación y comunicación, así como los ingresos derivados de la aplicación
de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de energía.
Con el objetivo de dar cumplimiento al mandato del artículo 11.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular, esta Entidad local ha elaborado y
aprobado la presente ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de
recogida, transporte y tratamiento de residuos.
En uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20.4.s) Texto Refundido
de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, este Ayuntamiento establece la “Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos”, que se
regirá por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Real
Decreto Legislativo 2/2004.
La Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal de Pinilla del Valle.
BOCM-20250221-70
La presente ordenanza fiscal se alinea de este modo con los principios y objetivos de la Directiva
(UE) 2018/851 y la Ley 7/2022, de 8 de abril, adaptando las obligaciones y medidas establecidas
por dicha normativa al contexto local del municipio. De este modo, se pretende contribuir a la
transición hacia una economía circular, donde los residuos se gestionen de manera sostenible y se
minimice su impacto en el entorno urbano y natural, sirviéndose para ello de un instrumento
económico municipal como es la «tasa de residuos».
Artículo 1. Fundamento y naturaleza
Pág. 336
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 44
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70
PINILLA DEL VALLE
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 18 de noviembre de 2023, acordó
la aprobación provisional de la imposición de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos. Dicho acuerdo
fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 277, de 20
de noviembre de 2024, sin que durante el plazo de reclamaciones previo a la aprobación definitiva, se haya presentado reclamación alguna, por lo que, a según lo dispuesto en el apartado 3, del artículo 17, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
se entiende definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo plenario. El texto de la citada ordenanza fiscal aprobada es el siguiente:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
RECOGIDA, TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS
Exposición de motivos
A fin de contribuir a alcanzar los objetivos establecidos en la Directiva 2008/98/CE, de 30 de mayo
de 2018, sobre residuos y en la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
30 de mayo de 2018, que la modifica, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, entre otros aspectos, modificó el régimen jurídico
aplicable a la prevención, producción y gestión de residuos, reforzando la recogida separada e
impulsando la implantación de sistemas de pago por generación en el cobro de la tasa o prestación
patrimonial de carácter no tributario correspondiente.
El artículo 11.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular, incorpora el mandato para las entidades locales de implantar una tasa dirigida
a la implantación de sistemas de pago por generación, que refleje el coste real, directo o indirecto,
de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de
estas operaciones y el mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos,
las campañas de concienciación y comunicación, así como los ingresos derivados de la aplicación
de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de energía.
Con el objetivo de dar cumplimiento al mandato del artículo 11.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular, esta Entidad local ha elaborado y
aprobado la presente ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de
recogida, transporte y tratamiento de residuos.
En uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20.4.s) Texto Refundido
de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, este Ayuntamiento establece la “Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos”, que se
regirá por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Real
Decreto Legislativo 2/2004.
La Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal de Pinilla del Valle.
BOCM-20250221-70
La presente ordenanza fiscal se alinea de este modo con los principios y objetivos de la Directiva
(UE) 2018/851 y la Ley 7/2022, de 8 de abril, adaptando las obligaciones y medidas establecidas
por dicha normativa al contexto local del municipio. De este modo, se pretende contribuir a la
transición hacia una economía circular, donde los residuos se gestionen de manera sostenible y se
minimice su impacto en el entorno urbano y natural, sirviéndose para ello de un instrumento
económico municipal como es la «tasa de residuos».
Artículo 1. Fundamento y naturaleza