B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - Planifica Madrid. Proyectos y Obras, M. P., S. A. (BOCM-20250221-5)
Convocatoria proceso selectivo –  Acuerdo de 10 de febrero de 2025, del Consejero-Delegado de Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M . P., S. A., por el que se convoca el proceso selectivo para el acceso, por el sistema de concurso-oposición, a cuatro plazas de carácter laboral indefinidos de la categoría profesional de Titulado Superior (Grupo I, Nivel 9, Área A), Especialidad Ingeniería, Arquitectura y Contabilidad y Finanzas Superior, de la empresa pública de la Comunidad de Madrid Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M. P., S. A.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 44

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2025

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tar la experiencia profesional y la formación, de conformidad con lo recogido en las presentes Bases y a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La no cumplimentación del autobaremo de méritos durante el plazo de presentación de
solicitudes conllevará la asignación de 0 puntos.
3.4. En el caso de aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y que soliciten adaptación, deberán adjuntar dictamen técnico facultativo, emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado
de discapacidad de cualquier otra Administración, que acredite de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que se
pueda valorar por el Tribunal Calificador la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de
alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá
ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De
igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de
tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo
de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de
mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de
Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.
Los aspirantes que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.
3.5. La totalidad de los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la formalización del contrato.
Cuarta
Solicitudes y plazo de presentación
La presente convocatoria se hará pública mediante anuncio en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID, y en la plataforma accesible a través de la página
web de Planifica Madrid https://www.planifica.madrid .
4.2. El modelo estandarizado de solicitud, así como las instrucciones para cumplimentarlo, se pondrán a disposición de los aspirantes en la plataforma accesible a través de
la página web de Planifica Madrid.
4.3. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se presentarán a través de la plataforma disponible en la página web de Planifica Madrid, en el plazo de 20 días
hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o página web de Planifica Madrid, lo que más
tarde suceda, acompañando la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de las personas aspirantes.
4.4. Las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la
documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:
a) Documentación acreditativa de contar con las titulaciones y requisitos referidos en
la Base Tercera de las presentes.
b) Justificante acreditativo de haber procedido a abonar los derechos de examen recogidos en las presentes bases.
c) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la
documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava apartado sexto de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
d) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio
de representante que actúe en nombre de la persona interesada, se deberá aportar
la correspondiente autorización del interesado en la que expresamente autorice al
4.1.

BOCM-20250221-5

CIAL DE LA