Villaviciosa de Odón (BOCM-20250220-68)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 43
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 203
BOCM-20250220-68
Tercero.—Las referencias que contiene este decreto a preceptos o normas se entenderán hechas a los preceptos o a las normas que los modifiquen o sustituyan.
Cuarto.—Este decreto será efectivo desde el día siguiente a su firma y se hará público
mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
dando cumplimiento a los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. También se hará público mediante la inserción de un edicto en el Tablón de anuncios
del Ayuntamiento y en el portal de transparencia.
Quinto.—Este acto administrativo será notificado al concejal-delegado. De acuerdo
con el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles contados desde la notificación no se realiza ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante.
Sexto.—Se dará cuenta de este decreto al Pleno en los términos establecidos en la normativa.
Séptimo.—Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa (artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local), podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó
el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de
la notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas-LPACAP).
b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición)
podrá presentar un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que dispone de un
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto
(artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa)”.
Lo que se hace público a los efectos procedentes.
Villaviciosa de Odón, a 10 de febrero de 2025.—El alcalde-presidente, Juan Pedro Izquierdo Casquero.
(03/2.185/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 43
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JUEVES 20 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 203
BOCM-20250220-68
Tercero.—Las referencias que contiene este decreto a preceptos o normas se entenderán hechas a los preceptos o a las normas que los modifiquen o sustituyan.
Cuarto.—Este decreto será efectivo desde el día siguiente a su firma y se hará público
mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
dando cumplimiento a los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. También se hará público mediante la inserción de un edicto en el Tablón de anuncios
del Ayuntamiento y en el portal de transparencia.
Quinto.—Este acto administrativo será notificado al concejal-delegado. De acuerdo
con el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles contados desde la notificación no se realiza ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante.
Sexto.—Se dará cuenta de este decreto al Pleno en los términos establecidos en la normativa.
Séptimo.—Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa (artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local), podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó
el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de
la notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas-LPACAP).
b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición)
podrá presentar un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que dispone de un
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto
(artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa)”.
Lo que se hace público a los efectos procedentes.
Villaviciosa de Odón, a 10 de febrero de 2025.—El alcalde-presidente, Juan Pedro Izquierdo Casquero.
(03/2.185/25)
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ISSN 1989-4791