Villaviciosa de Odón (BOCM-20250220-68)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
Pág. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 43
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68
VILLAVICIOSA DE ODÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el decreto de Alcaldía-Presidencia
número 2025/537, de 10 de febrero de 2025, por el que se delega la competencia para comparecer en nombre del Ayuntamiento al otorgamiento de escritura pública de enajenación
de suelo, del siguiente tenor literal:
“Decreto de la Alcaldía-Presidencia:
1. La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión de 14 de noviembre 2024,
acordó aprobar el pliego de condiciones para la enajenación por adjudicación directa y onerosa a los titulares superficiarios que así lo deseen, la parcela municipal 14.2 del sector V, “El Valle”, número 171 del Inventario de bienes, en la calle Juan Ramon Jiménez, número 2.
2. Por resolución 2025/166, del día 16 de enero de 2025, del concejal-delegado de
Vivienda, Transporte, Movilidad y Atención al Ciudadano, se declaró la procedencia de la
enajenación de la cuota indivisa del suelo de la parcela de titularidad municipal sita en la
calle Juan Ramón Jiménez, número 2, a favor de los interesados relacionados en el Anexo
de dicha resolución.
3. Una vez acordada la citada enajenación procede su formalización mediante el
otorgamiento de la correspondiente escritura pública.
4. Estando prevista la formalización de las citadas escrituras los días 10, 11 y 12 de
febrero de 2025, es posible que el alcalde, por motivos de agenda, no pueda comparecer a
dicho acto los días 11 y 12 de febrero, por lo que se considera oportuno tramitar la correspondiente delegación de competencias en este sentido a favor del concejal-delegado del
área de Vivienda, Transporte y Atención al Ciudadano, D. Imanol Fernández Gama.
5. Según el artículo 21.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, el alcalde podrá delegar atribuciones de su competencia
Por lo expuesto, en ejercicio de las competencias de esta Alcaldía, resuelvo:
Primero.—Delegar en favor del concejal, D. Imanol Fernández Gama, delegado del
área de Vivienda, Transporte y Atención al Ciudadano, para comparecer y firmar el otorgamiento, en nombre y representación del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, de las
escrituras públicas de enajenación del suelo de la calle Juan Ramón Jiménez, número 2, previstas para su formalización los días 11 y 12 de febrero de 2025.
Segundo.—La delegación queda sujeta al siguiente régimen jurídico:
1. El ejercicio de las competencias por delegación deberá hacerse constar en las resoluciones que se dicten, de acuerdo con el artículo 9 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (LRJSP).
2. Según el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la Alcaldía conserva la facultad de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos y disposiciones emanados en virtud de la delegación, y la de ser informada previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
3. La Alcaldía podrá revocar en cualquier momento las delegaciones efectuadas siguiendo las mismas formalidades aplicadas para otorgarlas.
4. La Alcaldía podrá avocar en cualquier momento el ejercicio de la competencia delegada para actos concretos, sin que ello implique la revocación de la delegación conferida, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 40/2015.
5. Corresponderá a la Alcaldía resolver las dudas que surjan sobre la aplicación de
esta resolución, y, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, resolver los
conflictos positivos o negativos de competencias que puedan plantearse entre los órganos
delegados sobre el ejercicio de una determinada función.
BOCM-20250220-68
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pág. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 43
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68
VILLAVICIOSA DE ODÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el decreto de Alcaldía-Presidencia
número 2025/537, de 10 de febrero de 2025, por el que se delega la competencia para comparecer en nombre del Ayuntamiento al otorgamiento de escritura pública de enajenación
de suelo, del siguiente tenor literal:
“Decreto de la Alcaldía-Presidencia:
1. La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión de 14 de noviembre 2024,
acordó aprobar el pliego de condiciones para la enajenación por adjudicación directa y onerosa a los titulares superficiarios que así lo deseen, la parcela municipal 14.2 del sector V, “El Valle”, número 171 del Inventario de bienes, en la calle Juan Ramon Jiménez, número 2.
2. Por resolución 2025/166, del día 16 de enero de 2025, del concejal-delegado de
Vivienda, Transporte, Movilidad y Atención al Ciudadano, se declaró la procedencia de la
enajenación de la cuota indivisa del suelo de la parcela de titularidad municipal sita en la
calle Juan Ramón Jiménez, número 2, a favor de los interesados relacionados en el Anexo
de dicha resolución.
3. Una vez acordada la citada enajenación procede su formalización mediante el
otorgamiento de la correspondiente escritura pública.
4. Estando prevista la formalización de las citadas escrituras los días 10, 11 y 12 de
febrero de 2025, es posible que el alcalde, por motivos de agenda, no pueda comparecer a
dicho acto los días 11 y 12 de febrero, por lo que se considera oportuno tramitar la correspondiente delegación de competencias en este sentido a favor del concejal-delegado del
área de Vivienda, Transporte y Atención al Ciudadano, D. Imanol Fernández Gama.
5. Según el artículo 21.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, el alcalde podrá delegar atribuciones de su competencia
Por lo expuesto, en ejercicio de las competencias de esta Alcaldía, resuelvo:
Primero.—Delegar en favor del concejal, D. Imanol Fernández Gama, delegado del
área de Vivienda, Transporte y Atención al Ciudadano, para comparecer y firmar el otorgamiento, en nombre y representación del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, de las
escrituras públicas de enajenación del suelo de la calle Juan Ramón Jiménez, número 2, previstas para su formalización los días 11 y 12 de febrero de 2025.
Segundo.—La delegación queda sujeta al siguiente régimen jurídico:
1. El ejercicio de las competencias por delegación deberá hacerse constar en las resoluciones que se dicten, de acuerdo con el artículo 9 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (LRJSP).
2. Según el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la Alcaldía conserva la facultad de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos y disposiciones emanados en virtud de la delegación, y la de ser informada previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
3. La Alcaldía podrá revocar en cualquier momento las delegaciones efectuadas siguiendo las mismas formalidades aplicadas para otorgarlas.
4. La Alcaldía podrá avocar en cualquier momento el ejercicio de la competencia delegada para actos concretos, sin que ello implique la revocación de la delegación conferida, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 40/2015.
5. Corresponderá a la Alcaldía resolver las dudas que surjan sobre la aplicación de
esta resolución, y, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, resolver los
conflictos positivos o negativos de competencias que puedan plantearse entre los órganos
delegados sobre el ejercicio de una determinada función.
BOCM-20250220-68
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