D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250219-58)
Convenio –  Convenio de colaboración de 3 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid y la asociación PDCirco, para el desarrollo de un programa integral de residencias para el fomento de la creación circense en 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 42

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE FEBRERO DE 2025

Pág. 601

— Producción: sesión de asesoría sobre circuitos, ferias y festivales nacionales e
internacionales, subvenciones, gestión de la producción, networking nacional
e internacional, coproducciones, fiscalidad y distribución.
— Organización y producción de las muestras/showcases de las compañías en el
C.C. Paco Rabal en el cuarto trimestre del año, a las que se invitará a programadores nacionales y locales, para promocionar a las compañías madrileñas.
b) Residencias artísticas sin remuneración económica:
— Espacio exclusivo de creación durante un máximo de tres semanas apto para
las disciplinas circenses, en horario de 10:30 a 21:30 de lunes a viernes.
— Mentoring y acompañamiento: 10 horas por compañía.
— Equipamiento técnico y artístico.
c) Tanto para las residencias artísticas como técnicas, PDCirco llevará a cabo las
siguientes acciones:
— Gestionar la convocatoria pública para la selección de las compañías participantes en el programa.
— Asegurar a los participantes con un seguro de accidentes.
— Facilitar todo el material técnico, de rigging y de seguridad generales para el
desarrollo de todas las residencias y formaciones (salvo los específicos de
cada espectáculo, que serán aportados por las compañías).
— Facilitar conexión wifi, taller para escenografías con herramientas y área de
coworking.
2. En caso de producirse ingresos de taquilla por la realización de cualquier actividad relacionada con el objeto de este convenio, correrán por cuenta del PDCirco los gastos
de la misma (tele venta, derechos de autor, etc.) La recaudación de la taquilla será ingresada en su integridad en la cuenta corriente de PDCirco habilitada al efecto. Todo ello excluyendo las muestras/showcases de las compañías en el C. C. Paco Rabal.
3. Cualquier acción encaminada a la promoción de las residencias objeto del presente convenio incluirá en todos los elementos publicitarios el logotipo de la Comunidad de
Madrid, según el modelo que esta le facilitará, y que precisarán la aprobación previa de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Para la realización del referido programa de residencias de circo, la Comunidad de
Madrid, a través de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, realizará una aportación económica de ciento quince mil euros
(115.000 euros) destinada a financiar los gastos de ejecución de este programa.
En el marco de colaboración de este Convenio la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, participará mediante un
técnico empleado de la misma, con voz y voto en el comité de selección de las compañías
participantes en este programa.
Además, la Comunidad de Madrid pondrá a disposición el Auditorio del Centro Cultural Paco Rabal para la realización de las muestras/showcases y el montaje previo de las
compañías dos días del cuarto trimestre de 2025.
Asimismo, supervisará y aprobará las acciones encaminadas a la promoción de las actividades objeto del presente convenio, que incluirán siempre el logotipo de la Comunidad
de Madrid.

Financiación y forma de pago
Para la consecución del objeto del presente convenio, la Comunidad de Madrid aportará
la cantidad máxima de ciento quince mil euros (115.000 euros) con cargo al subconcepto 28000 (Promoción de la Artes Escénicas y de la Música), del Programa 334-A (Promoción
y Difusión Cultural), del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.
Por su parte, PDCirco asumirá el compromiso económico de contribuir con la cantidad cuarenta y seis mil euros (46.000 euros) para cubrir el coste derivado de las obligaciones contraídas a través del presente convenio.

BOCM-20250219-58

Cuarta