Alpedrete (BOCM-20250218-55)
Organización y funcionamiento. Reglamento
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 41

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE FEBRERO DE 2025

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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ALPEDRETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no haberse presentado reclamaciones/sugerencias durante el plazo de exposición al
público de treinta días hábiles, transcurridos desde el día 16 de diciembre de 2024 al día 29
de enero de 2025, ambos inclusive, según el anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de fecha 13 de diciembre de 2024, respecto al
acuerdo plenario de aprobación inicial del Reglamento de Distinciones y Condecoraciones
para la Policía Local de Alpedrete, adoptado en sesión ordinaria de fecha 28 de noviembre
de 2024, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional y se
hace público el texto íntegro definitivo de dicha norma, para su general conocimiento y entrada en vigor, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el Acuerdo de aprobación definitiva y el texto del Reglamento se podrá interponer por los interesados el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Todo ello sin perjuicio de cuantas otras acciones o recursos se consideren pertinentes por los interesados.
REGLAMENTO DE DISTINCIONES Y CONDECORACIONES PARA LA POLICIA LOCAL
DE ALPEDRETE

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Policía Local de Alpedrete es un Cuerpo de Seguridad dependiente del municipio cuya misión
fundamental consiste en la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades y la garantía de
la seguridad ciudadana, tal y como establece el art. 104 de la Constitución Española. Igualmente le
corresponden el resto de funciones que le atribuyen la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado; la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la
Comunidad de Madrid y demás normas de aplicación, constituyéndose como un servicio público
cercano al ciudadano, tendente a la resolución de problemas y conflictos entre éstos, desempeñando
tareas de Policía de proximidad y comunitaria.

El Cuerpo de Policía Local es, por tanto, un servicio público representativo del Ayuntamiento de Alpedrete
con atención directa a los vecinos, con presencia uniformada de sus agentes en las vías y lugares públicos
del municipio, dedicados a mantener la convivencia ciudadana, teniendo un carácter próximo al
ciudadano. Además de por su carácter de Instituto Armado, la importancia, amplitud y complejidad de sus
funciones, hacen que presenten importantes peculiaridades con respecto a otros servicios públicos,
razones que justifican un tratamiento particular de reconocimiento institucional al trabajo desempeñado,
que se pretende abordar por medio de este Reglamento.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas regula, en su título VI, la iniciativa legislativa y la potestad de dictar reglamentos y otras

BOCM-20250218-55

Fruto de ese servicio y dedicación exigido a los miembros del Cuerpo de la Policía Local de
Alpedrete, resulta relevante el reconocimiento público, tanto por parte de la Administración municipal
como de la comunidad vecinal, de los méritos y los servicios prestados por aquéllos mediante la
concesión de condecoraciones, recompensas y honores. Acciones, servicios o conductas de relieve,
así como la dedicación y entrega en el cumplimiento de esas funciones y la trayectoria profesional
de los integrantes del mencionado Cuerpo, merecen ser reconocidas mediante el otorgamiento y
constatación de alguna distinción. Este reconocimiento puede servir, a su vez, como ejemplo en el
cumplimiento de sus funciones, premiando la constancia, dedicación y responsabilidad en el servicio
a los ciudadanos y ciudadanas y a la sociedad.