D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250218-36)
Autorización estación ITV –  Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se autoriza la puesta en servicio y la explotación de la estación de inspección técnica de vehículos de la sociedad Dekra ITV España, S. L. U., situada en la calle Marie Curie, número 19, del municipio de Getafe (Madrid). Estación número 2838
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 41

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Promoción
Económica e Industrial, por la que se autoriza la puesta en servicio y la explotación de la estación de inspección técnica de vehículos de la sociedad Dekra
ITV España, S. L. U., situada en la calle Marie Curie, número 19, del municipio
de Getafe (Madrid). Estación número 2838.
ANTECEDENTES DE HECHO

Primero
Con fecha 21 de marzo de 2024, D. Josu Otín Calvo, en nombre y representación de la
mercantil Dekra ITV España, S. L. U., con NIF número B86313673, solicita autorización
administrativa para la puesta en servicio y explotación de la estación de inspección técnica
de vehículos situada en la calle Marie Curie, número 19, 28906 de Getafe, Madrid, de
acuerdo con lo previsto en el Decreto 8/2011, de 17 de febrero, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad de Madrid.
Segundo
Con fechas 9 y 29 de abril de 2024, Dekra ITV España, S. L. U. aporta documentación
complementaria a la presentada en la solicitud.
Tercero
Entre la documentación aportada, se encuentra el acuerdo de la Comisión de Acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), de fecha 26 de abril de 2024, por
el que se acuerda la ampliación de la acreditación número 131/EI/ITV147, en los términos
que recoge el Anexo Técnico Revisión 4.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Promoción Económica e Industrial para
iniciar el procedimiento sobre la cuestión planteada viene determinada por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, y por
el artículo 21 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
que otorga a esta dirección general las competencias administrativas en relación con la inspección técnica de vehículos.

El Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, establece en su artículo 14.1 que “La ejecución material de las inspecciones técnicas será realizada en estaciones ITV, de acuerdo con el modelo de gestión que establezca la comunidad autónoma en ejercicio de sus competencias. Dicha ejecución
material podrá ser realizada por las comunidades autónomas directamente, o a través de sociedades de economía mixta, o por empresas privadas, en régimen de concesión administrativa o autorización”. Además, en su artículo 14.2 establece que las estaciones ITV cumplirán los requisitos establecidos en su anexo IV.
Tercero
La Ley 7/2009, de 15 de diciembre, por la que se liberaliza el régimen jurídico de la
actividad de Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad de Madrid establece en su

BOCM-20250218-36

Segundo