Tres Cantos (BOCM-20250217-72)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 275
Asimismo, se adjuntará currículo profesional con constancia de los méritos alegados y ordenados
según el baremo que figura en las presentes Bases, acompañado de las correspondientes
fotocopias ordenadas y numeradas de diplomas o certificados expedidos por el organismo o
entidad organizadora, en los que deben constar la fecha de realización y el número de horas de
formación.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase de
presentación de solicitudes, así como aquellos que sean alegados en el currículo y no estén
debidamente justificados del modo indicado anteriormente. No será precisa la compulsa de los
documentos, siendo responsable la persona solicitante del deber de presentar los originales
correspondientes en cualquier momento que le fuese solicitado.
La calificación del concurso de méritos vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada uno de los siguientes méritos:
a)
Carrera profesional, con una puntuación máxima de 5 puntos:
1.
Servicios prestados, con una puntuación máxima de 4 puntos:
o En la categoría inmediata inferior a la que se promocione: 0,20 puntos por año o
fracción superior a 6 meses.
2. Reconocimientos y condecoraciones policiales, con una puntuación máxima de 1 punto:
o Medalla al Mérito de la Policía Local otorgada por la Comunidad de Madrid: 0,30
puntos.
o Condecoración otorgada por cualquier otra administración, organismo o institución
de carácter público: 0,25 puntos.
o Felicitación individualizada del Pleno del Ayuntamiento: 0,20 puntos.
o Felicitación individualizada del alcalde, concejal de seguridad o de la Junta de
Gobierno Local: 0,10 puntos.
o Felicitación individualizada de otras administraciones, organismos o instituciones de
carácter público: 0,10 puntos.
Formación y perfeccionamiento de interés policial, con una puntuación máxima de 2,80
puntos:
1. Cursos impartidos por universidades u otros centros oficiales reconocidos por el
ministerio competente en materia de Educación, por administraciones públicas u
organizaciones sindicales acogidas a los diferentes planes de formación continua de las
administraciones públicas, por entidades públicas o privadas en colaboración con las
entidades locales, así como los homologados por el Consejo Académico del Centro de
Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid:
o Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,006 puntos.
o Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,006 puntos por el número
de horas lectivas realizadas.
o Los cursos realizados en centros oficiales de formación policial de la Comunidad de
Madrid serán valorados con una calificación superior en un 20 por ciento respecto a
las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos.
o Los cursos realizados en calidad de docente serán valorados con una calificación
superior en un 50 por ciento respecto a las puntuaciones obtenidas en cada uno de
ellos.
2. Jornadas, seminarios, debates o conferencias: 0,006 puntos por cada actividad
realizada. Cuando se realicen en calidad de ponente, se valorarán con una calificación
superior en un 50 por ciento respecto a las puntuaciones obtenidas en cada una de ellas.
3. Publicaciones de interés policial: hasta 0,30 puntos.
4. Certificado de haber superado pruebas deportivas dirigidas a la comprobación del
mantenimiento de una adecuada aptitud física, siempre que no tenga una antigüedad
superior a un año a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias de
BOCM-20250217-72
b)
B.O.C.M. Núm. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 275
Asimismo, se adjuntará currículo profesional con constancia de los méritos alegados y ordenados
según el baremo que figura en las presentes Bases, acompañado de las correspondientes
fotocopias ordenadas y numeradas de diplomas o certificados expedidos por el organismo o
entidad organizadora, en los que deben constar la fecha de realización y el número de horas de
formación.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase de
presentación de solicitudes, así como aquellos que sean alegados en el currículo y no estén
debidamente justificados del modo indicado anteriormente. No será precisa la compulsa de los
documentos, siendo responsable la persona solicitante del deber de presentar los originales
correspondientes en cualquier momento que le fuese solicitado.
La calificación del concurso de méritos vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada uno de los siguientes méritos:
a)
Carrera profesional, con una puntuación máxima de 5 puntos:
1.
Servicios prestados, con una puntuación máxima de 4 puntos:
o En la categoría inmediata inferior a la que se promocione: 0,20 puntos por año o
fracción superior a 6 meses.
2. Reconocimientos y condecoraciones policiales, con una puntuación máxima de 1 punto:
o Medalla al Mérito de la Policía Local otorgada por la Comunidad de Madrid: 0,30
puntos.
o Condecoración otorgada por cualquier otra administración, organismo o institución
de carácter público: 0,25 puntos.
o Felicitación individualizada del Pleno del Ayuntamiento: 0,20 puntos.
o Felicitación individualizada del alcalde, concejal de seguridad o de la Junta de
Gobierno Local: 0,10 puntos.
o Felicitación individualizada de otras administraciones, organismos o instituciones de
carácter público: 0,10 puntos.
Formación y perfeccionamiento de interés policial, con una puntuación máxima de 2,80
puntos:
1. Cursos impartidos por universidades u otros centros oficiales reconocidos por el
ministerio competente en materia de Educación, por administraciones públicas u
organizaciones sindicales acogidas a los diferentes planes de formación continua de las
administraciones públicas, por entidades públicas o privadas en colaboración con las
entidades locales, así como los homologados por el Consejo Académico del Centro de
Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid:
o Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,006 puntos.
o Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,006 puntos por el número
de horas lectivas realizadas.
o Los cursos realizados en centros oficiales de formación policial de la Comunidad de
Madrid serán valorados con una calificación superior en un 20 por ciento respecto a
las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos.
o Los cursos realizados en calidad de docente serán valorados con una calificación
superior en un 50 por ciento respecto a las puntuaciones obtenidas en cada uno de
ellos.
2. Jornadas, seminarios, debates o conferencias: 0,006 puntos por cada actividad
realizada. Cuando se realicen en calidad de ponente, se valorarán con una calificación
superior en un 50 por ciento respecto a las puntuaciones obtenidas en cada una de ellas.
3. Publicaciones de interés policial: hasta 0,30 puntos.
4. Certificado de haber superado pruebas deportivas dirigidas a la comprobación del
mantenimiento de una adecuada aptitud física, siempre que no tenga una antigüedad
superior a un año a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias de
BOCM-20250217-72
b)