C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250217-25)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 4 de febrero de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2025 dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción y de proyectos para la digitalización del comercio minorista y los servicios
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 180
LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 40
cidad y otros soportes informativos, montaje y desmontaje, elementos de seguridad o decoración.
Cuarto
Bases reguladoras
DE
Orden de 10 de mayo de 2024, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID de 23 de mayo de 2024.
Quinto
Dotación de la convocatoria
La dotación inicial de la convocatoria de ayudas será de quinientos mil euros
(500.000,00 euros).
Sexto
Determinación de la cuantía de la subvención
Las ayudas consistirán en subvenciones del 90 por ciento del presupuesto aprobado y
aceptado por la Dirección General competente en materia de comercio y servicios, excluido todo tipo de impuestos y con un límite de ayuda máxima por beneficiario de veinticinco mil euros (25.000,00 euros).
En el caso de las acciones subvencionables contenidas en el artículo 5.1 a) de las bases reguladoras, el importe máximo de contratación que se considerará a efectos del cálculo de la subvención por este concepto, será de treinta mil euros (30.000,00 euros) por persona contratada.
En los supuestos de las acciones subvencionables contenidas en el artículo 5.1 g), quedan incluidos los costes de consultoría dirigida a los comercios minoristas y del sector
servicios con un tope de gasto máximo subvencionable por establecimiento de novecientos
euros (900,00 euros), impuestos incluidos.
Séptimo
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 4 de febrero de 2025.
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
BOCM-20250217-25
(03/2.093/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 40
cidad y otros soportes informativos, montaje y desmontaje, elementos de seguridad o decoración.
Cuarto
Bases reguladoras
DE
Orden de 10 de mayo de 2024, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID de 23 de mayo de 2024.
Quinto
Dotación de la convocatoria
La dotación inicial de la convocatoria de ayudas será de quinientos mil euros
(500.000,00 euros).
Sexto
Determinación de la cuantía de la subvención
Las ayudas consistirán en subvenciones del 90 por ciento del presupuesto aprobado y
aceptado por la Dirección General competente en materia de comercio y servicios, excluido todo tipo de impuestos y con un límite de ayuda máxima por beneficiario de veinticinco mil euros (25.000,00 euros).
En el caso de las acciones subvencionables contenidas en el artículo 5.1 a) de las bases reguladoras, el importe máximo de contratación que se considerará a efectos del cálculo de la subvención por este concepto, será de treinta mil euros (30.000,00 euros) por persona contratada.
En los supuestos de las acciones subvencionables contenidas en el artículo 5.1 g), quedan incluidos los costes de consultoría dirigida a los comercios minoristas y del sector
servicios con un tope de gasto máximo subvencionable por establecimiento de novecientos
euros (900,00 euros), impuestos incluidos.
Séptimo
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 4 de febrero de 2025.
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
BOCM-20250217-25
(03/2.093/25)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791