C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250217-23)
Bases subvenciones – Orden de 29 de enero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden 268/2022, de 22 de junio, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a Agrupaciones de Municipios de la Comunidad de Madrid para el sostenimiento en común de puestos de trabajo
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BOCM
Pág. 174
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 40
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
ORDEN de 29 de enero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local, por la que se modifica la Orden 268/2022, de 22 de junio,
de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a Agrupaciones de
Municipios de la Comunidad de Madrid para el sostenimiento en común de puestos de trabajo.
El artículo 78 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid autoriza la constitución de agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común de personal, especialmente los puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
La Comunidad de Madrid, como institución clave en la articulación de políticas supramunicipales en su territorio, ha fomentado la creación de agrupaciones de municipios fundándose en la necesidad de gestionar los servicios correcta y eficazmente.
A tal efecto, mediante la Orden 268/2022, de 22 de junio, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID núm. 154, de 30 de junio de 2022, se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a Agrupaciones de Municipios de la Comunidad de Madrid para el
sostenimiento en común de puestos de trabajo. Esta línea de subvenciones se dirige a las
agrupaciones de municipios de la Comunidad de Madrid para el sostenimiento en común
de puestos de trabajo, así como del personal administrativo al servicio de la agrupación, tiene por objeto financiar los puestos de trabajo de las agrupaciones de municipios, con la finalidad de mantener el desarrollo normal del ejercicio de sus competencias y un mayor
equilibrio territorial entre todas las entidades locales de la región.
Al amparo de dichas bases, se han realizado tres convocatorias, correspondientes a las
anualidades 2022, 2023 y 2024.
Durante la ejecución de las mismas se ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar el contenido de las bases reguladoras, atendiendo a los gastos reales a los que hacen
frente las haciendas locales para el sostenimiento en común de los puestos agrupados indispensables para prestar los servicios municipales básicos.
A tal efecto, se elimina la obligatoriedad de que el puesto agrupado del Secretario-Interventor esté cubierto dentro del plazo de presentación de solicitudes, posibilitando que sea
objeto de subvención el coste ocasionado por el mismo, dentro del período subvencionable.
Además, para una mejor eficacia en la gestión de los créditos presupuestarios consignados para cada anualidad, se pretende modificar tanto el porcentaje de la cuantía de las
ayudas, como las fechas de subvencionabilidad del gasto y, por tanto, de su justificación.
Asimismo, se pretende establecer unos criterios de priorización más acordes con la
realidad de las agrupaciones.
Esta orden de modificación responde a los principios de buena regulación de conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Concretamente, se actúa conforme a los principios de necesidad y eficacia y proporcionalidad, en tanto que la aprobación de esta orden, se encuentra justificada por una razón
de interés general, el fomento de una actividad de utilidad pública, como es mejorar la prestación de servicios a los ciudadanos mediante la agrupación de la gestión administrativa en
los municipios que así lo requieran, ante la dificultad de sostener presupuestariamente los
gastos de personal.
Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica dado que esta Orden es coherente con la legislación nacional y autonómica aplicable en la materia y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por lo que respecta al principio de transparencia queda plenamente garantizado debido a que, se posibilita el acceso sencillo, universal y actualizado a la modificación de las
bases reguladoras y a los documentos propios de su proceso de elaboración.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 40
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
ORDEN de 29 de enero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local, por la que se modifica la Orden 268/2022, de 22 de junio,
de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a Agrupaciones de
Municipios de la Comunidad de Madrid para el sostenimiento en común de puestos de trabajo.
El artículo 78 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid autoriza la constitución de agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común de personal, especialmente los puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
La Comunidad de Madrid, como institución clave en la articulación de políticas supramunicipales en su territorio, ha fomentado la creación de agrupaciones de municipios fundándose en la necesidad de gestionar los servicios correcta y eficazmente.
A tal efecto, mediante la Orden 268/2022, de 22 de junio, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID núm. 154, de 30 de junio de 2022, se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a Agrupaciones de Municipios de la Comunidad de Madrid para el
sostenimiento en común de puestos de trabajo. Esta línea de subvenciones se dirige a las
agrupaciones de municipios de la Comunidad de Madrid para el sostenimiento en común
de puestos de trabajo, así como del personal administrativo al servicio de la agrupación, tiene por objeto financiar los puestos de trabajo de las agrupaciones de municipios, con la finalidad de mantener el desarrollo normal del ejercicio de sus competencias y un mayor
equilibrio territorial entre todas las entidades locales de la región.
Al amparo de dichas bases, se han realizado tres convocatorias, correspondientes a las
anualidades 2022, 2023 y 2024.
Durante la ejecución de las mismas se ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar el contenido de las bases reguladoras, atendiendo a los gastos reales a los que hacen
frente las haciendas locales para el sostenimiento en común de los puestos agrupados indispensables para prestar los servicios municipales básicos.
A tal efecto, se elimina la obligatoriedad de que el puesto agrupado del Secretario-Interventor esté cubierto dentro del plazo de presentación de solicitudes, posibilitando que sea
objeto de subvención el coste ocasionado por el mismo, dentro del período subvencionable.
Además, para una mejor eficacia en la gestión de los créditos presupuestarios consignados para cada anualidad, se pretende modificar tanto el porcentaje de la cuantía de las
ayudas, como las fechas de subvencionabilidad del gasto y, por tanto, de su justificación.
Asimismo, se pretende establecer unos criterios de priorización más acordes con la
realidad de las agrupaciones.
Esta orden de modificación responde a los principios de buena regulación de conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Concretamente, se actúa conforme a los principios de necesidad y eficacia y proporcionalidad, en tanto que la aprobación de esta orden, se encuentra justificada por una razón
de interés general, el fomento de una actividad de utilidad pública, como es mejorar la prestación de servicios a los ciudadanos mediante la agrupación de la gestión administrativa en
los municipios que así lo requieran, ante la dificultad de sostener presupuestariamente los
gastos de personal.
Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica dado que esta Orden es coherente con la legislación nacional y autonómica aplicable en la materia y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por lo que respecta al principio de transparencia queda plenamente garantizado debido a que, se posibilita el acceso sencillo, universal y actualizado a la modificación de las
bases reguladoras y a los documentos propios de su proceso de elaboración.
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