D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250215-9)
Convenio –  Convenio de cooperación educativa de 22 de enero de 2025, entre la Universidad Pontificia de Salamanca y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
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B.O.C.M. Núm. 39

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE FEBRERO DE 2025

durante el desarrollo del mismo, serán tratados por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid o por la Universidad Pontificia de Salamanca, respectivamente, como responsables del tratamiento, con
la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán
tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Prácticas Académicas Universitarias”
cuya finalidad es la tramitación, gestión, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado, y cuya base legal
es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
públicos conferidos al responsable del tratamiento. Los datos personales podrán ser comunicados a órganos de esta administración para la tramitación y otras administraciones/poderes públicos para el ejercicio de sus competencias legales. En caso de requerimiento:
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado/Autoridades Judiciales.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Universidad Pontificia de Salamanca serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “centros colaboradores”,
cuya finalidad es la gestión de la relación con los centros colaboradores, difusión de actividades de formación de las prácticas, y bolsas de trabajo de los alumnos de la universidad y
cuya base legal es el RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato
en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal
aplicable al responsable del tratamiento. Ley de Universidades y Estatutos Universidad.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Agencia Tributaria y otras administraciones públicas, Juzgados y Tribunales, etc., para el cumplimiento de las obligaciones legales. Los datos podrán aparecer reflejados en folletos o en la Web de la Universidad y en redes sociales como parte de las actividades de divulgación de las
actividades desarrolladas por los centros colaboradores. Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación o supresión, limitación de su tratamiento portabilidad u oposición dirigiéndose por escrito a dpo@upsa.es indicando el derecho que ejercen y aportando una copia de su DNI. Disponen de información
complementaria en el enlace: https://www.upsa.es/la-universidad/politica-de-privacidad .
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo conforme
a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso,
a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios gestionar para llevar a buen fin el presente Convenio, que sus datos serán tratados
conforme la normativa vigente por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en la actividad de tratamiento “Convenios Administrativos”. Para ejercer sus derechos, podrán dirigirse a la Secretaría General Técnica de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales mediante una solicitud firmada,
presentada ante el Registro correspondiente, o bien contactar al delegado de protección
de datos en protecciondatos-psociales@madrid.org .
Los firmantes pueden consultar la información referida al deber de información de
protección de datos personales en el anexo correspondiente.

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BOCM-20250215-9

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