D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250215-9)
Convenio –  Convenio de cooperación educativa de 22 de enero de 2025, entre la Universidad Pontificia de Salamanca y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 39

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE FEBRERO DE 2025

Pág. 95

Pontificia de Salamanca. El profesional-tutor de la Consejería será una persona vinculada
a la misma, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar
una tutela efectiva.
4. Realizar y remitir al tutor académico de la Universidad Pontificia de Salamanca a
la conclusión de las prácticas, un informe final de evaluación según el modelo facilitado por
la universidad.
5. Emitir al estudiante que lo solicite un documento acreditativo en el que se reconozca el tiempo de prácticas realizado, así como su contenido. Dicho documento será facilitado por el centro o servicio en el que haya realizado las prácticas.
6. Conceder al estudiante, dentro del horario de prácticas, los permisos necesarios
para cumplir con su actividad académica, formativa, de representación y de participación
en la Universidad Pontificia de Salamanca.
7. Informar por escrito en el plazo de un día, al responsable académico de las prácticas en la Universidad Pontificia de Salamanca, de las incidencias surgidas durante la realización de las prácticas de los estudiantes, que afecten al normal desarrollo de las prácticas o a las normas de convivencia del centro o servicio, o que tengan repercusión en la
gestión de las obligaciones de la Seguridad Social. El incumplimiento de esta obligación,
será considerado como grave, conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera. Causas de resolución del convenio.
Quinta
La Universidad Pontificia de Salamanca tomará bajo su responsabilidad y a su cargo
las siguientes actuaciones:
a) Elaborar un modelo de Anexo a este convenio para cada período académico de prácticas y por cada Facultad, Centro o Estudio. Dichos documentos deben recoger:
— El programa/proyecto formativo, en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará y el calendario para cada período de prácticas.
— El número de plazas y los centros y servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para los que se solicita la inclusión de estudiantes,
admitiéndose la posibilidad de variaciones en función de las necesidades y/o
situaciones especiales de ambas instituciones.
b) Designar un tutor o tutores académicos que velarán por el normal desarrollo del
proyecto formativo, que colaborará con el profesional-tutor del centro o servicio
designado por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales en todos
aquellos aspectos que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
c) Reconocer la labor desempeñada por el profesional-tutor del centro o servicio de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, al menos a través de la
correspondiente certificación. Podrá proponer que reciban el certificado de “Tutor/a en Prácticas Externas”, de acuerdo con las condiciones establecidas desde
la Universidad Pontificia de Salamanca que realizará los trámites necesarios para
la obtención del reconocimiento.
d) En su caso, la oferta formativa para el profesional-tutor del centro o servicio de la
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, indicando las condiciones especiales ofrecidas.
e) En su caso, la posibilidad de utilización de los recursos bibliográficos del fondo
documental de la Universidad Pontificia de Salamanca por el profesional-tutor del
centro o servicio de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
f) Una vez formalizado el Anexo correspondiente, y antes de la incorporación efectiva de los estudiantes a los distintos centros y servicios donde realizarán las prácticas, se deberá remitir a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales un
certificado emitido por el responsable de prácticas de la Universidad Pontificia de
Salamanca, en el que se recogerá la identidad de los estudiantes con expresión del
nombre, dos apellidos, datos de contacto, curso, período de realización de las
prácticas, horario, número total de horas y los centros y/o servicios dónde desarrollaran el programa de prácticas. Este certificado deberá ser validado por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y se adjuntará como parte inseparable del Anexo correspondiente.

BOCM-20250215-9

Obligaciones de la Universidad Pontificia de Salamanca