C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250214-15)
Plan de inspección sanitaria –  Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se hace público el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2025
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 38

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
15

RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Inspección y
Ordenación Sanitaria, por la que se hace público el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2025.

La Orden 187/2023, de 8 de febrero, del Consejero de Sanidad, por la que se aprueban el
Plan Integral de Inspección, así como los criterios de actuación para los años 2023-2025, aprobó, igualmente, en su Anexo II, los Planes Parciales para el año 2023 que figuran en el mismo,
siendo publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 52, de 2 de
marzo de 2023.
Teniendo en cuenta las especificidades de actualización requeridas para la aplicación de
los programas parciales de inspección de la Consejería de Sanidad durante el año 2025, de
acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero de la referida Orden, que faculta a la Dirección
General de Inspección y Ordenación Sanitaria para adoptar las medidas de desarrollo y ejecución de la misma, así como de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Orden 922/2009,
de 17 de diciembre, por la que se fijan los criterios de elaboración y seguimiento del Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la composición y funciones de
la Comisión de Coordinación de las Inspecciones de la Consejería de Sanidad,
RESUELVO

1. Plan de Inspección de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria
1.1. Plan Parcial de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios:
Objetivo general: El objetivo del plan es garantizar la calidad y seguridad de la asistencia sanitaria que se presta a los ciudadanos, en todos los centros y servicios sanitarios,
tanto públicos como privados, y en los vehículos de transporte sanitario, asegurando el
cumplimiento de la normativa vigente en lo referente a planta física, personal y medios, así
como las normas mínimas para su correcto funcionamiento.
1.1.1. Programas básicos de inspección:
1.1.1.1. Programa básico de inspección de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Objetivo:
— Comprobar que los centros, servicios y establecimientos sanitarios reúnen los requisitos previstos en la legislación vigente, previamente a la concesión y/o renovación de sus distintos tipos de autorización.
1.1.1.2. Programa básico de inspección de vehículos para transporte sanitario terrestre.
Objetivo:
— Comprobar que los vehículos de transporte sanitario reúnen los requisitos técnicosanitarios previstos en la legislación vigente, previamente a la emisión o renovación de su certificación técnico-sanitaria.
1.1.2. Programas de inspección de oficio.
Objetivo:
— Comprobar que la asistencia prestada en los centros, servicios y establecimientos
sanitarios se lleva a cabo en condiciones de seguridad para el usuario y de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.
1.1.2.1. Programa de comprobación de la existencia y vigencia de la autorización sanitaria de funcionamiento.

BOCM-20250214-15

Primero
Actualizar el Anexo II de la Orden 187/2023, de 8 de febrero, estableciendo los Programas de Inspección de Sanidad a desarrollar durante el año 2025 y que, a continuación,
se relacionan: