Pinto (BOCM-20250213-61)
Personal. Complemento productividad
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 37

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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PINTO
PERSONAL

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pinto, en sesión extraordinaria celebrada el
30 de enero de 2025, por el que se aprueba el acuerdo sobre productividad por disponibilidad de servicios extraordinarios de la Policía Local de Pinto.
Primero.—Aprobar el “Acuerdo sobre productividad por disponibilidad de servicios
extraordinarios de la Policía Local de Pinto” según anexo que se acompaña al presente
acuerdo.
Segundo.—Establecer como fecha de efectos del acuerdo el día 1 de febrero de 2025.
Tercero.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el acuerdo aprobado a efectos de su general conocimiento.
Cuarto.—Remitir copia del acuerdo adoptado a la Administración del Estado y a la
Comunidad de Madrid.
ACUERDO DE PRODUCTIVIDAD POR DISPONIBILIDAD
DE SERVICIOS EXTRAORDINARIOS DE LA POLICÍA LOCAL DE PINTO

El presente acuerdo regula ciertas condiciones de trabajo que han sido objeto de negociación en la mesa sectorial de seguridad de Ayuntamiento de Pinto, creada a tal efecto, al
amparo de lo que dicta el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP).
El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Pinto, tiene la firme voluntad de mejorar
las condiciones laborales y materiales de la Policía Local debido a las carencias que tiene
en la actualidad y que se está trabajando para revertir dicha situación desde el inicio de la
presente legislatura.
Han sido muchos los años que no se han cubierto las vacantes en la plantilla policial,
generando una carencia de efectivos policiales que, en la actualidad, junto con el aumento
de la población, la asimilación de nuevas funciones, el crecimiento del municipio y las nuevas formas delictuales, ha deparado que la plantilla actual de este colectivo sea insuficiente para poder prestar un servicio óptimo y poder llevar a cabo con efectividad las funciones
que la Ley les tienen encomendadas a los cuerpos del policías locales de los municipios.
La escasez de policías en la plantilla policial, requiere que la dedicación profesional
de estos agentes vaya aún más allá de lo que recoge la (TREBEP) y el propio calendario laboral del Ayuntamiento de Pinto, sobre jornadas laborales del funcionariado público. Es por
esto que se hace necesario contar con una especial dedicación de la plantilla policial en su
escala básica y ejecutiva, articulando un mecanismo de servicios extraordinarios fuera de
la jornada laboral establecida, para dotar de los suficientes agentes a los turnos de trabajo y
de esta manera poder adecuar el servicio policial a lo que demanda un municipio como Pinto respecto a intervenciones que competen a la policía local del municipio.
A este respecto, desde el Ayuntamiento de Pinto se está trabajando en un aumento del
número de efectivos existente, bajo la premisa de tratar de alcanzar la cifra de 100 miembros dentro de la plantilla municipal.
De la misma manera, este acuerdo tiene carácter temporal toda vez que se está trabajando en solventar los problemas técnicos que han impedido la puesta en marcha de una
nueva Relación de Puestos de Trabajo, así como de Valoración de Puestos de Trabajo del
Ayuntamiento de Pinto.
La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
en su artículo 23.3 c), recogió un concepto de productividad destinado a “…retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el funcionario desempeñe su trabajo”, en un intento de que las distintas Administraciones articulasen
mecanismos para incentivar a los funcionarios públicos cara a la consecución de determinados objetivos, que si bien están vinculadas con las funciones desempeñadas respeto de

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS