Villanueva del Pardillo (BOCM-20250213-74)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 13 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 37

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74

VILLANUEVA DEL PARDILLO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, en sesión celebrada el día 31 de
julio de 2024, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza reguladora de proyectos y obras de urbanización y sus anexos. Habiendo transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado alegaciones, debe entenderse definitivamente adoptado el acuerdo, habiéndose dado cuenta al Pleno el día 29 de enero de 2025.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, se procede a dar publicidad del texto íntegro de la norma a los efectos de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma Ley.
Contra el acto de que se trata y que agota la vía administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en la forma y
plazos señalados en la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción, o, en los casos en que proceda, recurso extraordinario de revisión. Pudiendo no obstante interponer con carácter previo
y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto notificado en la
forma y plazos establecidos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ORDENANZA REGULADORA DE PROYECTOS Y OBRAS DE URBANIZACIÓN
ARTÍCULO 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Serán aplicables las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza a todas las obras de urbanización, mejora, renovación, remodelación o reurbanización, tanto en nuevos sectores urbanizables como en suelo urbanizado, así como en la urbanización de parcelas de uso público adscritas a edificaciones, en el término municipal de Villanueva del Pardillo.

ARTÍCULO 2. OBJETO
El objeto de la presente Ordenanza es regular la tramitación, redacción de proyectos, ejecución de
obras y recepción de las mismas, de urbanización incluidas en el apartado anterior, en el término
municipal de Villanueva del Pardillo.

ARTÍCULO 3. PROYECTOS DE URBANIZACIÓN
a.) Se cumplirá lo dispuesto en el Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva del Pardillo.
b.) En los proyectos de urbanización de nuevos sectores, se cumplirá lo establecido en las Leyes
urbanísticas vigentes, incluyendo en éstos la urbanización de los suelos de cesión para redes
públicas, así como la normativa de aplicación, especialmente la de Accesibilidad.
c.)

Los proyectos serán redactados por técnico competente. Se presentará junto con el proyecto
el certificado de habilitación profesional emitido por el colegio oficial.

d.) La documentación de proyecto será la indicada en el artículo 4 de la presente Ordenanza.

f.)

Las parcelas municipales se entregarán enrasadas con las aceras perimetrales, niveladas y
valladas.

BOCM-20250213-74

e.) En el desarrollo de las obras se seguirán las condiciones marcadas en el artículo 5: Normativa
de Ejecución.