C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250212-10)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 29 de noviembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Programa de Ayudas a Trabajadores que se constituyan por cuenta propia
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 36

unas bases reguladoras permanentes, y sucesivas órdenes anuales que aprobarán el gasto
necesario destinado a las mismas.
Con estas ayudas se persigue el fomento del trabajo autónomo durante todos los años
de vigencia de las ayudas. Su evolución y contribución a la consecución de los objetivos
podrá evaluarse anualmente mediante los indicadores definidos en este Plan.
5. Costes previsibles y financiación
Para incentivar el alta de trabajadores que se constituyan por cuenta propia en el ámbito de la Comunidad de Madrid, las subvenciones previstas en este Acuerdo se financiarán con cargo a los créditos del Programa 241N, subconceptos 47200 y 77400 del correspondiente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.
Mediante Orden del titular de la Consejería competente en materia de empleo, que se
publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se declararán los créditos presupuestarios disponibles, conforme al artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
La financiación de estas ayudas se realizará con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, para subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, conforme a la distribución territorial que, para la
Comunidad de Madrid y para el ejercicio económico correspondiente, se realice en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, tanto por consignación inicial de cuantías, como por autorización para redistribuir las cantidades inicialmente asignadas en los
bloques de programas de empleo y formación.
En el presente ejercicio 2024 se han destinado 3.100.000 euros para la concesión de
estas ayudas, previendo mantener una dotación presupuestaria similar en los ejercicios siguientes, totalizando un coste total previsto de unos 9.300.000 euros durante los tres años
de vigencia.
6. Indicadores de cumplimiento de objetivos y resultados
Se establecen como indicadores del cumplimiento de los objetivos de este programa
de ayudas:
— Número de solicitudes.
— Número de beneficiarios.
— Número y ratio de beneficiarios del colectivo especial.
7. Evaluación Plan anterior
Se han evaluado los indicadores definidos para el presente Plan en el período 2022-2024
de vigencia del Plan Estratégico anterior para analizar la evolución de estas ayudas.
A lo largo del período, se ha reducido el número de solicitudes, al igual que la ratio de
beneficiarios con una subvención superior (jóvenes desempleados menores de 30 años, mujeres desempleadas, desempleados mayores de 45 años, parados de larga duración que haya
estado inscritos en una oficina de empleo durante, al menos, doce de los anteriores dieciocho meses, mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo, y personas con
discapacidad con un grado igual o superior al 33 %), mientras que el número de beneficiarios tuvo un repunte en 2023.
8. Vigencia
Se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período de tres años desde su firma.

Las medidas incluidas en el programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por
cuenta propia permitirán que, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, las personas que lo
soliciten reciban un apoyo directo a dicha constitución.
(03/1.634/25)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250212-10

9. Efectos