B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250211-6)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 30 de enero de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería Especialista, Especialidad Salud Mental (Grupo II, Nivel 8, Área D), de la Comunidad de Madrid
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 30

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 35

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
6

RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería Especialista, Especialidad Salud Mental
(Grupo II, Nivel 8, Área D), de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 523/2021, de 22 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 276, de 19 de noviembre), se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo
temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería Especialista, Especialidad Salud Mental (Grupo II, Nivel 8, Área D) de la
Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 523/2021, de 22 de
octubre, anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por el
tribunal calificador la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas en el referido
proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente
resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquellas a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación
establecidos en la señalada orden de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE
Primero
Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que
han superado el mismo las personas incluidas en la relación que se incorpora como Anexo
de la presente resolución.

1. Con objeto de adquirir la condición de personal laboral, la persona aspirante seleccionada dispondrá de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para elegir destino y presentar la documentación que se indica, exigida en la base segunda
de la aludida Orden 523/2021, de 22 de octubre, así como en el apartado primero de la base
quinta de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del
proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de
administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de
la Administración de la Comunidad, dirigida a la Dirección General de Función Pública de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo establecido en
el punto 2 de este apartado segundo:
A) Copia del DNI y, en su caso, demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente.
B) Copia de la titulación de Graduado en Enfermería, Diplomado en Enfermería o un título universitario que habilite para el ejercicio de la profesión de enfermería y título de
especialidad de Enfermería de Salud Mental, conforme al procedimiento regulado por
el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidad de enfermería.

BOCM-20250211-6

Segundo