Fuenlabrada (BOCM-20250211-68)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 35

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE FEBRERO DE 2025

Pág. 173

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 7 de febrero de 2025 (punto 12), por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el Programa Fuen-English
correspondiente al ejercicio 2025.
BDNS: 813631
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero.—Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los alumnos/as de ESO/Bachillerato o Formación Profesional, empadronados y residentes en Fuenlabrada a fecha 1 de
enero de 2025 y que estudien en uno de estos centros educativos:
— Institutos de Educación Secundaria de Fuenlabrada.
— Colegios Concertados y Privados de Fuenlabrada.
— Colegios de Educación Primaria y Secundaria (CEIPSOS) de Fuenlabrada.
Las solicitudes serán tramitadas por los centros educativos que vayan a realizar el programa de inmersión lingüística. Los requisitos a cumplir por los citados programas son:
— Deberán viajar un mínimo de 10 alumnos/as y un máximo de 60 (según el número
de alumnos escolarizados en el centro).
— Deberá durar un mínimo de 10 días con 9 noches de alojamiento en destino.
— Deberá tener como lengua vehicular el inglés.
— Los/as alumnos/as seleccionados deberán emplear un mínimo de 15 horas lectivas
(en cursos o centros educativos) en inglés durante su estancia.
— Los alumnos beneficiarios no podrán haber resultado beneficiarios en ninguna de
las tres convocatorias Fuen-English anteriores.
Existirán tres tramos. La distribución de los viajes permitidos por centro se realizará
en función de los tramos asignados:
Nº ALUMNOS/AS CONCERNIDOS
POR CENTROS EDUCATIVOS

Nº ALUMNOS/AS
SUBVENCIONABLES POR CENTRO

VIAJES PERMITIDOS
POR CENTRO

1

Hasta 500 alumnos en ESO/Bachillerato/FP

10 a 30 (30 máx.)

1 grupo de viaje

2

Entre 501 a 1000 en ESO/Bachillerato/FP

10 a 45 (45 máx.)

Hasta 2 grupos de viaje

3

A partir de 1001 en ESO/Bachillerato/FP

10 a 60 (60 máx,)

Hasta 3 grupos de viaje

Segundo.—Serán objeto de subvención los gastos generados de las actividades de intercambio o estancias realizadas entre el 21 de abril y el 8 de diciembre de 2025, de 10 días
de duración como mínimo (9 noches de alojamiento en destino) con un mínimo de 10 alumnos/as y el máximo establecido en el artículo 3 de las bases, y con destino a cualquier país
fuera de España cuya primera lengua sea el inglés o la lengua en la que se realiza la actividad sea el inglés.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto.—El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará para ello una aportación económica de 600.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria de gasto 6051-326-48039.
Quinto.—El plazo de presentación de solicitudes en el Registro Electrónico General
del Ayuntamiento de Fuenlabrada (Sede Electrónica del Ayuntamiento) será de 20 días hábiles desde el día después de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE

BOCM-20250211-68

TRAMO