El Molar (BOCM-20250210-39)
Organización y funcionamiento. Ordenanza protección contra ruido
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 34
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 117
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39
EL MOLAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no presentarse alegaciones durante el período de exposición pública queda aprobada definitivamente la ordenanza municipal de protección contra el ruido, cuyo texto íntegro
se hace público en cumplimiento de los artículos 49 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
«ORDENANZA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CONTRA EL RUIDO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
La contaminación acústica es una de las causas que motivan un mayor número de denuncias por
parte de los ciudadanos, debido a las molestias que conlleva este deterioro ambiental, oscilando
éstas desde simples molestias hasta llegar a suponer un riesgo grave para la salud de las
personas y para el medio ambiente en general, además de ser frecuentemente origen de
problemas de vecindad y alteración de la pacífica convivencia.
Este Ayuntamiento carece hasta el momento de normativa local específica en materia de
contaminación acústica, siendo necesario disponer de una Ordenanza que regule el ejercicio de
las competencias municipales en esta materia.
El objeto de la presente ordenanza es establecer unas medidas para la lucha contra la
contaminación acústica, para evitar los daños o molestias que de ésta pueden derivarse para la
salud humana, los bienes o el medio ambiente.
BOCM-20250210-39
La reglamentación proyectada pretende evitar la generación de molestias por ruidos, problemas de
vecindad, así como evitar posibles alteraciones de la pacífica convivencia. Se pretende dotar a
este municipio de una regulación propia de lucha contra la contaminación acústica desde una
perspectiva amplia e integradora, abarcando todas las vertientes en que se pone de manifiesto
este problema, para actuar en el ámbito de prevención, vigilancia, control y disciplina de los
emisores acústicos de competencia municipal, especialmente del ruido producido por las
actividades económicas y eventos en vía pública.
B.O.C.M. Núm. 34
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 117
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39
EL MOLAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no presentarse alegaciones durante el período de exposición pública queda aprobada definitivamente la ordenanza municipal de protección contra el ruido, cuyo texto íntegro
se hace público en cumplimiento de los artículos 49 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
«ORDENANZA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CONTRA EL RUIDO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
La contaminación acústica es una de las causas que motivan un mayor número de denuncias por
parte de los ciudadanos, debido a las molestias que conlleva este deterioro ambiental, oscilando
éstas desde simples molestias hasta llegar a suponer un riesgo grave para la salud de las
personas y para el medio ambiente en general, además de ser frecuentemente origen de
problemas de vecindad y alteración de la pacífica convivencia.
Este Ayuntamiento carece hasta el momento de normativa local específica en materia de
contaminación acústica, siendo necesario disponer de una Ordenanza que regule el ejercicio de
las competencias municipales en esta materia.
El objeto de la presente ordenanza es establecer unas medidas para la lucha contra la
contaminación acústica, para evitar los daños o molestias que de ésta pueden derivarse para la
salud humana, los bienes o el medio ambiente.
BOCM-20250210-39
La reglamentación proyectada pretende evitar la generación de molestias por ruidos, problemas de
vecindad, así como evitar posibles alteraciones de la pacífica convivencia. Se pretende dotar a
este municipio de una regulación propia de lucha contra la contaminación acústica desde una
perspectiva amplia e integradora, abarcando todas las vertientes en que se pone de manifiesto
este problema, para actuar en el ámbito de prevención, vigilancia, control y disciplina de los
emisores acústicos de competencia municipal, especialmente del ruido producido por las
actividades económicas y eventos en vía pública.