El Molar (BOCM-20250210-38)
Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

LUNES 10 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 34

2. El Ayuntamiento dará información a los ciudadanos de sus obligaciones y dispondrá los
servicios necesarios para facilitar a los afectados la interposición de denuncias contra los
responsables del deterioro de los bienes públicos y/o privados o de la alteración de la buena
convivencia, según lo establecido por la presente ordenanza.
Artículo 8. Daños y alteraciones.—Con carácter general queda prohibida cualquier
actuación sobre los bienes protegidos por esta ordenanza que sea contraria a su uso o destino o
impliquen su deterioro, ya sea por rotura, arranque, incendio, vertido, pintadas, desplazamiento
indebido, colocación de elementos de publicidad, utilización de materiales o sustancias y cualquier
otra actividad o manipulación que los ensucie, degrade o menoscabe su estética y su normal uso y
destino.
El responsable del deterioro de los bienes públicos queda obligado a su resarcimiento, en
los términos que se especifican en los artículos de la presente ordenanza.
Capítulo tercero
Medidas de fomento y colaboración para la convivencia cívica
Artículo 9. Fomento de la convivencia ciudadana y del civismo.—El Ayuntamiento llevará a
término las políticas de fomento de la convivencia y el civismo que sean necesarias, a fin de
conseguir que las conductas y actitudes de las personas que residan en la ciudad o transiten por
ella se adecuen a los estándares mínimos de convivencia con el objetivo de garantizar el clima de
civismo, y de mejorar, en consecuencia, la calidad de vida en el espacio público. Concretamente, y
sin perjuicio de las otras actuaciones que se puedan acordar, el Ayuntamiento:
1. Llevará a término las campañas informativas de comunicación que sean necesarias,
sobre la necesidad de garantizar y fomentar el cumplimiento de unos estándares mínimos de
convivencia y de respetar los derechos de los otros y el propio espacio público.
2. Desarrollará políticas de fomento de la convivencia y el civismo consistentes en la
realización de campañas divulgativas, publicitarias, informativas o documentales; en la celebración
de conferencias y mesas redondas; en la convocatoria de premios y concursos literarios,
periodísticos o fotográficos; en el otorgamiento de menciones especiales en reconocimiento de
actuaciones realizadas por personas y entidades e instituciones privadas, y en todas las otras
iniciativas que se consideren convenientes y que giren en torno a cuestiones relacionadas con la
convivencia y el civismo en El Molar.
3. Estimulará el comportamiento solidario de los ciudadanos en los espacios públicos,
especialmente con aquellos que más lo necesiten.
4. Facilitará, a través de los Servicios de Atención al Ciudadano, página web o cualquier
otro servicio existente o que se pueda crear, que todos los ciudadanos y las ciudadanas puedan
hacer llegar al Ayuntamiento las sugerencias, quejas, reclamaciones o peticiones que consideren
oportunas por mejorar el civismo y la convivencia y mantener el espacio público en condiciones
adecuadas.
5. Realizará y/o impulsará medidas concretas de fomento de la convivencia y el civismo
especialmente destinadas a los niños, los adolescentes y los jóvenes del municipio, mediante el
desarrollo de programas específicos en los centros docentes, públicos o privados, en los que se
imparten enseñanzas del régimen general del sistema educativo, en cualquiera de sus niveles y
ciclos.
6. Promoverá la convivencia y el respeto por los diferentes grupos étnicos, culturales y
religiosos, a fin de evitar actitudes contrarias a la dignidad personal y comportamientos
discriminatorios, especialmente de naturaleza xenófoba, homófoba, racista o sexista.
7. Realizará campañas destinadas específicamente a las personas que estén de paso en El
Molar, informando a los visitantes de las pautas de comportamiento y de las normas básicas de
convivencia y de civismo vigentes en el municipio, fomentando el respeto a las mismas y al
conjunto de ciudadanos, y advirtiendo de las consecuencias sancionadoras o de cualquier otro
orden que puede comportar su incumplimiento.
8. Impulsará la suscripción de acuerdos de colaboración con entidades y asociaciones
ciudadanas, culturales, sociales, empresariales, deportivas o de cualquier otra índole para

BOCM-20250210-38

Pág. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID