D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250210-17)
Convenio –  Adenda de 29 de enero de 2025, de prórroga del convenio de 23 de enero de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, entidad pública empresarial, para la realización de actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 34

Cuarto
Que con fecha 2 de diciembre de 2024 la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre—
Real Casa de la Moneda ha comunicado a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
su interés en prorrogar el convenio.
Quinto
Que es voluntad de las partes prorrogar el convenio, tal y como está previsto en la cláusula quinta del mismo.
En virtud de ello, e interesando a ambas partes continuar desarrollando las actuaciones
señaladas en el convenio, acuerdan formalizar la presente adenda de prórroga del convenio,
con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga
Las partes firmantes acuerdan la prórroga del periodo de vigencia del convenio de 23
de enero de 2024, de acuerdo con lo establecido en la cláusula quinta del mismo. La prórroga tendrá una duración de un año natural, de conformidad con lo establecido en la citada
cláusula y en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos una vez que sea inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, antes de la extinción
del convenio. Asimismo, será publicada en el “Boletín Oficial del Estado”, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre”.
Segunda
Condiciones de la colaboración

BOCM-20250210-17

La colaboración entre las partes se realizará bajo las mismas condiciones estipuladas
en el convenio que se prorroga, en todas sus cláusulas.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda de prórroga del convenio, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la
última firma de las partes.
Madrid, a 29 de enero de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo,
Daniel Rodríguez Asensio.—Por la FNMT-RCM la Secretaria General y Directora de
Recursos Humanos, Laura Díez Herrero.
(03/1.442/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791