C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20250208-2)
Convenio de gestión –  Convenio de 20 de enero de 2025, de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., M. P. y el Ayuntamiento de Pezuela de las Torres
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 33

La liquidación y efectos resultantes de la resolución de dicho Convenio se incorporan
al presente Convenio en la Estipulación Séptima y Anexo, en los términos señalados en sus
Expositivos Sexto y Octavo.
Las Partes acuerdan que dicha resolución no afecte a las adendas suscritas al amparo
del mismo que contemplen actuaciones singulares con sustantividad propia pendientes de
realización, así como otros convenios y acuerdos relacionados con el servicio de abastecimiento de agua suscritos con el Ayuntamiento.
En el Anexo del presente Convenio se detallan las adendas y los convenios y acuerdos
relacionados con el servicio de abastecimiento de agua suscritos con el Ayuntamiento que
permanecen en vigor o se derogan como consecuencia de la firma del presente Convenio.
Trigésima primera
Duración del Convenio
El presente Convenio, una vez sea aprobado por las Partes, surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quedando resuelto el “Convenio de gestión comercial y mantenimiento de la red de distribución
entre el Ayuntamiento de Pezuela de las Torres y el Canal de Isabel II”, de fecha 17 de diciembre de 2001.
El presente Convenio estará vigente hasta el 27 de junio de 2062, fecha de vigencia del
Contrato-Programa de 27 de junio de 2012, celebrado entre el Ente Canal y Canal.
Trigésima segunda
Remisión al registro de Convenios

BOCM-20250208-2

Una vez formalizado el presente Convenio, deberá ser remitido al órgano competente
de la Comunidad de Madrid, a los efectos de su inclusión en el Registro de Convenios, de
conformidad con lo dispuesto en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, y de su remisión a la Asamblea de Madrid, a los efectos informativos previstos en el artículo 81.2 de la
Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las Partes, firman de forma sucesiva el presente Convenio, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose
firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las Partes.
Madrid, a 20 de enero de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, Carlos Novillo Piris.—
Por Canal de Isabel II, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.—Por Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P., Mariano González Sáez.—Por el Ayuntamiento de Pezuela de las
Torres, José Pío Carmena Servert.