Guadalix de la Sierra (BOCM-20250206-70)
Organización y funcionamiento. Reglamento
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 31

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70

GUADALIX DE LA SIERRA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por acuerdo del pleno de 21 de noviembre de 2024, se aprobó provisionalmente el reglamento de honores y distinciones de la policía local, seguridad y protección civil, acuerdo que ha devenido en definitivo al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de
exposición pública, siendo del siguiente tenor literal:
REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES POLICÍA LOCAL
Y SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIVIL
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra estima necesario disponer de la regulación
oportuna que permita reconocer y premiar servicios extraordinarios relacionados con Policía Local, Seguridad y Protección Civil para la localidad realizados por personas físicas o
jurídicas, de tal modo que se reconozcan dichos méritos de manera pública, destacando
aquellas conductas que sean merecedoras de dicho reconocimiento público, sobre todo valores compromiso y dedicación, Intervenciones en situaciones de emergencia, colaboración
con otras instituciones, protección de los más vulnerables, prevención y educación, trabajo
en eventos comunitarios y ejemplaridad y modelo a seguir. Los títulos y distinciones que
concede el Ayuntamiento son solamente honoríficos, y por lo tanto, no tienen una compensación económica o de cualquier otro carácter.
Capítulo I
Artículo 1. Fundamento legal y naturaleza.—La aprobación del presente Reglamento
se fundamenta en los artículos 4 y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local, y los artículos 50.24 y 189 a 191 del Real Decreto 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, que establecen que las Corporaciones Locales podrán acordar la creación de medallas, emblemas, condecoraciones u otros distintivos honoríficos, a fin
de premiar especiales merecimientos, beneficios señalados o servicios extraordinarios, previos
los trámites necesarios que se establecen en este Reglamento especial.
Art. 2. Objeto.—La concesión de títulos, honores y condecoraciones que pueden ser
otorgados por el Ayuntamiento, a fin de premiar o reconocer las actuaciones que puedan ser
merecedoras de las mismas, serán los siguientes:
— La Medalla de Oro de Reconocimiento Policial y Protección Civil del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra.
— La Medalla de Plata reconocimiento Policial y Protección Civil del Ayuntamiento
de Guadalix de la Sierra.
— La Medalla de Bronce de reconocimiento Policial y Protección Civil del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra.
— Felicitación de reconocimiento Policial y Protección Civil del Ayuntamiento de
Guadalix de la Sierra.
Art. 3. Nombramientos.—Los nombramientos, que podrán recaer en personas tanto
españoles como extranjeras, tendrán un carácter honorífico y no otorgarán en ningún caso
potestades para intervenir en la vida administrativa ni en el gobierno del municipio. La concesión de distinciones y honores, en todo caso, se otorgarán de forma discrecional por el
Ayuntamiento. Para conceder los honores y distinciones a personas extranjeras, se tendrá
en cuenta lo señalado en el artículo 190 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

BOCM-20250206-70

Disposiciones generales