C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250206-27)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 5673/2024, de 11 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas para el desarrollo de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 31
JUEVES 6 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 127
Quinto
Plazo de ejecución de los proyectos
El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividades de los mismos, que se computará desde la fecha de inicio de la ejecución del proyecto
comunicada por la entidad beneficiaria al órgano instructor, será de hasta 12 meses.
Sexto
Criterios de evaluación
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
Las solicitudes que superen los criterios de elegibilidad se valorarán, con hasta un
máximo de 100 puntos, en aplicación de los siguientes criterios de valoración:
a) Calidad científico-técnica y de innovación de los proyectos. Este criterio se calificará con un máximo de 45 puntos.
b) Viabilidad económica y rentabilidad del Plan de Negocio de la empresa, oportunidad tecnológica y viabilidad de mercado del proyecto, y capacidad científico-técnica de la empresa. Este criterio se calificará con un máximo de 45 puntos.
c) Colaboración y cooperación con organismos de investigación y de difusión del conocimiento, impacto socioeconómico y medioambiental y coherencia del proyecto. Este criterio se calificará con un máximo de 10 puntos.
Séptimo
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este
extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 11 de diciembre de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20250206-27
(03/1.171/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 31
JUEVES 6 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 127
Quinto
Plazo de ejecución de los proyectos
El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividades de los mismos, que se computará desde la fecha de inicio de la ejecución del proyecto
comunicada por la entidad beneficiaria al órgano instructor, será de hasta 12 meses.
Sexto
Criterios de evaluación
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
Las solicitudes que superen los criterios de elegibilidad se valorarán, con hasta un
máximo de 100 puntos, en aplicación de los siguientes criterios de valoración:
a) Calidad científico-técnica y de innovación de los proyectos. Este criterio se calificará con un máximo de 45 puntos.
b) Viabilidad económica y rentabilidad del Plan de Negocio de la empresa, oportunidad tecnológica y viabilidad de mercado del proyecto, y capacidad científico-técnica de la empresa. Este criterio se calificará con un máximo de 45 puntos.
c) Colaboración y cooperación con organismos de investigación y de difusión del conocimiento, impacto socioeconómico y medioambiental y coherencia del proyecto. Este criterio se calificará con un máximo de 10 puntos.
Séptimo
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este
extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 11 de diciembre de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20250206-27
(03/1.171/25)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791