C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250206-29)
Crédito presupuestario ayudas – Orden 95/2025, de 24 de enero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para el procedimiento de concesión directa de las ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad en el ejercicio 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 31
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 129
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ORDEN 95/2025, de 24 de enero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para el procedimiento de concesión directa de las ayudas para sufragar
gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a
la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad en el ejercicio 2025.
La presente orden se dicta en base a la “Memoria económica para la declaración del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, en el ejercicio 2025”, aprobada por la Directora
General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad con fecha 21 de enero de 2025.
El artículo 6 del Decreto 44/2022, de 29 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula la prestación económica para apoyar el acogimiento familiar de menores de la Comunidad de Madrid, dispone en su apartado 1 que el abono de los gastos extraordinarios que
se puedan ocasionar en las familias acogedoras en el cumplimiento de sus funciones, cuando
no estén cubiertos por el sistema público, se instrumentalizará mediante subvención.
Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de julio de 2023 se aprobaron las Normas Reguladoras y estableció el procedimiento de concesión directa de las ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, al concurrir las razones
excepcionales establecidas para la aplicación del procedimiento de concesión directa en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
que dispone la obligación del órgano concedente de publicar la declaración de los créditos
presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa tramitación del expediente de gasto que corresponda.
En cumplimiento de dicha obligación se dictaron las siguientes Órdenes:
— Orden 2484/2023, de 2 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible
para el procedimiento de concesión directa de las ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar en la Comunidad de
Madrid en el ejercicio 2023.
— Orden 171/2024, de 1 de febrero, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible
para el procedimiento de concesión directa de las ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección
General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad en el ejercicio 2024.
— Orden 2739/2024, de 26 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se amplía el importe del crédito presupuestario disponible para el procedimiento de concesión directa de las ayudas para sufragar gastos
extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección
General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad en el ejercicio 2024.
Con fecha 8 de agosto de 2023, se publicó la corrección de errores advertidos en la publicación del Acuerdo de 26 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas
para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo
a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.
Mediante Acuerdo de 22 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, se modificó el
Acuerdo de 26 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, a fin de mejorar la tramitación
de estas ayudas y, dado que se trata de una concesión directa al amparo del artículo 4.5.c)
BOCM-20250206-29
29
B.O.C.M. Núm. 31
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE FEBRERO DE 2025
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ORDEN 95/2025, de 24 de enero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para el procedimiento de concesión directa de las ayudas para sufragar
gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a
la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad en el ejercicio 2025.
La presente orden se dicta en base a la “Memoria económica para la declaración del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, en el ejercicio 2025”, aprobada por la Directora
General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad con fecha 21 de enero de 2025.
El artículo 6 del Decreto 44/2022, de 29 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula la prestación económica para apoyar el acogimiento familiar de menores de la Comunidad de Madrid, dispone en su apartado 1 que el abono de los gastos extraordinarios que
se puedan ocasionar en las familias acogedoras en el cumplimiento de sus funciones, cuando
no estén cubiertos por el sistema público, se instrumentalizará mediante subvención.
Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de julio de 2023 se aprobaron las Normas Reguladoras y estableció el procedimiento de concesión directa de las ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, al concurrir las razones
excepcionales establecidas para la aplicación del procedimiento de concesión directa en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
que dispone la obligación del órgano concedente de publicar la declaración de los créditos
presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa tramitación del expediente de gasto que corresponda.
En cumplimiento de dicha obligación se dictaron las siguientes Órdenes:
— Orden 2484/2023, de 2 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible
para el procedimiento de concesión directa de las ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar en la Comunidad de
Madrid en el ejercicio 2023.
— Orden 171/2024, de 1 de febrero, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible
para el procedimiento de concesión directa de las ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección
General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad en el ejercicio 2024.
— Orden 2739/2024, de 26 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se amplía el importe del crédito presupuestario disponible para el procedimiento de concesión directa de las ayudas para sufragar gastos
extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección
General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad en el ejercicio 2024.
Con fecha 8 de agosto de 2023, se publicó la corrección de errores advertidos en la publicación del Acuerdo de 26 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas
para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo
a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.
Mediante Acuerdo de 22 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, se modificó el
Acuerdo de 26 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, a fin de mejorar la tramitación
de estas ayudas y, dado que se trata de una concesión directa al amparo del artículo 4.5.c)
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