C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250204-29)
Delegación competencias –  Acuerdo de 30 de diciembre de 2024, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 29

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE FEBRERO DE 2025

Pág. 435

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
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ACUERDO de 30 de diciembre de 2024, del Consejo de Administración del
Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración.

En virtud del artículo 19 del Decreto 14/2005, de 27 de enero, por el que se integraba
el Servicio Madrileño de Salud en el Instituto Madrileño de Salud, se modifica su denominación y se establece su régimen jurídico y de funcionamiento, se constituyó el primer Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud mediante Acuerdo de 14 de febrero de 2005.
Desde esta fecha se han ido delegando competencias, primero en favor de la Dirección
General del Servicio Madrileño de Salud, y después en la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria, de acuerdo con el texto del artículo 22.3 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, si bien, ésta última, ha tenido sucesivas denominaciones en los
decretos en los que se ha aprobado su estructura orgánica y directiva desde su constitución
hasta la actualidad.
Desde la constitución del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud
el 14 de febrero de 2005, los cambios operados a nivel normativo en la configuración estructural y funcional del ente público, han provocado la adaptación competencial interna
mediante la delegación de competencias en beneficio de una mayor eficacia en la gestión.
Las diferentes configuraciones orgánicas del Servicio Madrileño de Salud operadas
por los decretos de estructura aprobados desde el año 2005, han incidido en las denominaciones, vinculaciones, funciones y composición de los órganos que componen el ente público, y que han provocado la adopción por el Consejo de numerosos acuerdos de delegación, avocación y ratificación competencial.
Por ello, llegado este punto, se hace necesaria la ordenación, revisión y actualización
de las competencias de titularidad del Consejo de Administración susceptibles de ser objeto de delegación, que implica la previa revocación de los acuerdos anteriores de delegación,
avocación y ratificación adoptados por el Consejo hasta la fecha con el fin de actualizar,
simplificar y unificar en un solo acuerdo, la gestión de algunas de las competencias atribuidas al Consejo de Administración de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con el
artículo 22.3 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, y la disposición adicional quinta, del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud.
En virtud de todo lo anterior, el Consejo de Administración del Servicio Madrileño de
Salud
ACUERDA

Revocar los acuerdos del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud
adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, avocación o ratificación, de titularidad del Consejo de Administración, en la Viceconsejería con competencias
en materia sanitaria y en las Direcciones Gerencias de carácter asistencial.

BOCM-20250204-29

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