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Convenio –  Convenio de 13 de enero de 2025, entre la Comunidad de Madrid y Fantasía en 5, S. L., Sociedad Unipersonal, propietaria de la colección de ilustraciones “Los Quijotes de Enrique Herreros” para el depósito de la misma en las dependencias de la Biblioteca Regional de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 29

3. La Propiedad acepta que la Colección pase a formar parte de los fondos de la Biblioteca Regional de Madrid, sea consultada y exhibida, de manera gratuita, mientras subsista el depósito, en la Biblioteca Regional de Madrid en el horario de atención al público
del citado centro y con las mismas reglas generales de uso y normas de acceso al mismo.
Tercera
1. La Comunidad de Madrid se compromete a custodiar y conservar la Colección en
las instalaciones apropiadas y dará servicio de consulta de las ilustraciones que lo componen
a los usuarios que así lo soliciten. Todas las labores de conservación y difusión de la Colección se ajustarán a los mismos estándares de máxima calidad observados en el tratamiento
de los materiales de titularidad de la Comunidad de Madrid que la Biblioteca Regional de
Madrid custodia. Del mismo modo se seguirán los protocolos establecidos para la circulación y uso que el resto de materiales que conserva la Biblioteca Regional de Madrid: control
medioambiental de los depósitos, acceso restringido a los mismos, vigilancia de las salas de
consulta, reproducción en los términos del artículo 37.1 del Texto Refundido de la Ley de
Propiedad Intelectual (en adelante, TRLPI) y ajustada a las condiciones de los originales y
trazabilidad de los movimientos que tengan los distintos ejemplares del fondo. De forma expresa el depositante hace uso de la reserva prevista en el artículo 67.3 Real Decreto 24/2021.
2. La Colección será digitalizada, previa descripción y tratamiento técnico del mismo, en la Biblioteca Regional de Madrid y las imágenes se podrán reproducir durante el
tiempo de vigencia del presente Convenio, a partir de la copia digital del mismo. Se facilitará un segundo duplicado íntegro de todo el fondo digitalizado a la Propiedad para su plena disposición. Cualquier otra reproducción de la Colección o duplicado de las copias digitales que no se encuentre en los supuestos de los números 1 y 3 del artículo 37 del TRLPI,
o que se realice en el marco de los límites al efecto previstos en el TRLPI o en cualquier
otra normativa reguladora de la propiedad intelectual de ámbito estatal y de la que sea beneficiaria la Biblioteca Regional de Madrid, requerirá autorización expresa de la Propiedad.
Finalizado el Convenio, la Comunidad de Madrid no podrá reproducir con fines distintos a
los del mero apoyo a la labor de investigación, dichas copias digitales, sin la autorización
expresa de la Propiedad. En todo caso, la copia digital podrá ser puesta a disposición en los
términos previstos en la letra i) del artículo 20.2 del TRLPI por el tiempo que la Comunidad de Madrid considere oportuno, desde la Biblioteca Digital de Madrid, el Portal web de
la Subdirección General del Libro de la Comunidad de Madrid o desde el Portal web corporativo de la Comunidad de Madrid, quienes deberán adoptar las medidas de seguridad
disponibles en cada momento para impedir la reproducción o cualquier otro acto de explotación no autorizada por la Propiedad de las obras.
3. Del mismo modo, durante la vigencia del presente Convenio, se podrán exhibir los
materiales que integran la Colección que se consideren oportunos en exposiciones o muestras, sin necesidad de autorización de la Propiedad, siempre que éstas se realicen en las dependencias de la Biblioteca Regional de Madrid o en cualquiera de las salas de exhibición
de obras de arte de las que es titular la Comunidad de Madrid. En el caso de exposiciones
o muestras en dependencias distintas de la Biblioteca Regional de Madrid o en cualquiera
de las salas de exhibición de obras de arte que no sean titularidad de la Comunidad de
Madrid, se necesitará la autorización expresa de la Propiedad para la salida de las obras objeto de este Convenio de la Biblioteca Regional de Madrid, así como para su exposición al
público. Toda exposición o muestra de las obras de la Colección autorizada por la Propiedad en el exterior, incluso en los casos en los que la iniciativa haya sido promovida por la
Propiedad, requerirá, como requisito sine qua non la contratación de una póliza de seguro
todo riesgo que cubra desde el momento de la salida de las dependencias de la Biblioteca
Regional de Madrid al lugar de destino, todo el tiempo que dure dicha salida, hasta la devolución de los mismos al lugar de origen.
Los costes de dicha póliza correrán por cuenta bien de la Biblioteca Regional de
Madrid o bien del organizador de la exposición o muestra, según pacten entre éstos últimos.
En todo caso, en todas las tareas de difusión y exhibición, los materiales que integran
dicha Colección quedarán perfectamente identificados y se hará constar expresamente la
acreditación de la titularidad de la siguiente manera: Colección “Los quijotes de Enrique
Herreros”, propiedad privada.
4. Si bien la Comunidad de Madrid pondrá todos los medios a su alcance para garantizar una idónea conservación y uso de las obras de la Colección, tal y como ha quedado anteriormente anunciado, no será responsable de los riesgos inherentes a la puesta en servicio

BOCM-20250204-51

Obligaciones de la Comunidad de Madrid