C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20250201-4)
Convenio de gestión –  Convenio de 15 de enero de 2025, para la gestión de los servicios de aducción y de distribución con renovación de las infraestructuras internas de la Urbanización “Los Olmos”, del T. M. de Fresno de Torote, entre Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., M. P., el Ayuntamiento de Fresno de Torote y la Urbanización “Los Olmos”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 27

SÁBADO 1 DE FEBRERO DE 2025

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Capítulo II
Marco normativo regulador y derecho supletorio
Tercera
Normativa de aplicación
El marco normativo regulador de este Convenio es el que se recoge en la Estipulación
Tercera del Convenio de Gestión Integral, o el que, en su caso, lo sustituya.
Asimismo, el referido marco normativo actuará como derecho supletorio en aquellas
cuestiones no previstas en el presente Convenio, ni en el Convenio de Gestión Integral.
Cuarta
Normativa técnica
La ejecución de cualquiera de las obras referidas a la renovación o adecuación de las
distintas infraestructuras internas de la Urbanización, así como la instalación de aparatos,
accesorios y otros elementos hidráulicos, se ajustará a lo dispuesto en la Estipulación Cuarta del Convenio de Gestión Integral.
Quinta
Calidad de las aguas
Habida cuenta de la situación del suministro y de la red existente, y puesto que se trata de una situación transitoria hasta que Canal construya la nueva red, Canal no se hace responsable de los problemas de calidad que puedan darse en la red de distribución y acometidas existentes, como consecuencia de su procedencia de captaciones propias, su actual
diseño, materiales y mantenimiento, en tanto no esté construida en su totalidad la nueva red
de distribución. El régimen jurídico de la calidad de las aguas se regulará por el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la
calidad del agua de consumo, su control y suministro.
Capítulo III
Prestación del servicio de distribución de agua de consumo humano
desde la fecha de efectos del convenio hasta la completa renovación
de la red interna de distribución
Sexta
Entrega de las infraestructuras internas de distribución de agua al Ayuntamiento
Mediante el presente Convenio, la Urbanización entrega al Ayuntamiento las infraestructuras internas de distribución de agua existentes.
Por otro lado, la Urbanización renuncia expresamente a las cesiones de uso de los pozos de titularidad del Ayuntamiento que fueron concedidos por éste, como parte integrante
del cumplimiento del fin del presente Convenio.
Séptima
La realización de las obras previstas, así como la modalidad de la prestación de los distintos servicios se definen en las siguientes fases:
— Primera fase: Desde la fecha de efectos del presente Convenio y durante la ejecución de las obras, los servicios de aducción y distribución se prestarán, como hasta la fecha, por la Urbanización, el servicio de depuración, por Canal, y el servicio de alcantarillado, por la Urbanización. Asimismo, Canal realizará la gestión
comercial de todos los servicios.
— Segunda fase: Una vez finalizada la obra de la red interior de distribución de la Urbanización y efectuada la conexión de la misma a la Red General de la Comunidad de Madrid, la prestación de los servicios de aducción y distribución se realizará por Canal en los términos establecidos en el presente Convenio, para lo cual,

BOCM-20250201-4

Fases de la encomienda de los servicios objeto del presente Convenio