Paracuellos de Jarama (BOCM-20250131-70)
Organización y funcionamiento. Reglamento
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 26
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70
PARACUELLOS DE JARAMA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20250131-70
En sesión ordinaria celebrada el 24 de octubre de 2024, el Pleno del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama aprobó inicialmente el Reglamento General de Usos y Utilización de Espacios de Cultura y Juventud. Sometida la misma a información pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID n.o 279 de 22 de noviembre de 2024), y sin haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, en aplicación del artículo 49 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de aprobación adoptado por el Ayuntamiento Pleno.
De conformidad con los términos establecidos en el apartado segundo del artículo 70 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público el
texto íntegro del reglamento para su entrada en vigor.
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 26
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70
PARACUELLOS DE JARAMA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20250131-70
En sesión ordinaria celebrada el 24 de octubre de 2024, el Pleno del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama aprobó inicialmente el Reglamento General de Usos y Utilización de Espacios de Cultura y Juventud. Sometida la misma a información pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID n.o 279 de 22 de noviembre de 2024), y sin haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, en aplicación del artículo 49 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de aprobación adoptado por el Ayuntamiento Pleno.
De conformidad con los términos establecidos en el apartado segundo del artículo 70 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público el
texto íntegro del reglamento para su entrada en vigor.