D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20250131-48)
Convenio – Convenio de 15 de enero de 2024, de transferencia y financiación entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Fuenlabrada, en relación con la solicitud de dispensa planteada por dicho Ayuntamiento sobre la prestación del servicio de prevención y extinción de incendios
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 240
VIERNES 31 DE ENERO DE 2025
2.5.
B.O.C.M. Núm. 26
“Integración total”. Comenzará una vez finalizado el período de adaptación. A
partir de ese momento:
El personal transferido tendrá un funcionamiento igual que el resto de personal del
CBCM.
3. Movilidad y promoción.
3.1. El personal del SEIAF participará en el primer concurso de movilidad que se
habilite, conjuntamente con el resto del personal del CBCM u otro excepcional en
el caso de que, en la fecha de gestión del concurso de movilidad, no se haya
podido contar con dicho personal, quedando sujetos en cualquier caso a las bases
del mismo en todo lo que no se recoja en el presente documento.
3.2. Se respetará el destino a todos aquellos bomberos y mandos del SEIAF que no
deseen concursar.
3.3. Se respetará la antigüedad de los trabajadores transferidos comunicada por el
Ayuntamiento de Fuenlabrada, para aquellos que quieran participar en los
concursos internos de traslados o procesos selectivos.
3.4. El personal del parque de bomberos de Fuenlabrada podrá concursar a puestos
de no intervención directa en siniestro cuando así sea habilitado el trabajador por
el servicio médico.
4. Integración forestal.
4.1.
La integración forestal se realizará mediante formación teórica previa, y
participación directa en la campaña forestal.
4.2.
El personal del parque de Fuenlabrada realizará en su primera campaña
INFOMA al menos tres guardias en PIF. Durante esa primera campaña forestal,
cuando en el parque de Fuenlabrada se supere su mínimo operativo, el coordinador
de guardia podrá mandar a cubrir al personal excedente a realizar guardia en PIF.
4.3.
Durante las dos primeras campañas, el personal transferido no podrá realizar
funciones de responsable de PIF, a excepción de los jefes de dotación y el jefe de
equipo.
4.4.
En la primera campaña INFOMA no se constituirá PIF asociado al parque de
bomberos de Fuenlabrada, pudiéndose constituir en la segunda campaña si se
estimase necesario.
4.5.
Durante la primera campaña no habrá más de un funcionario transferido
asignado al mismo PIF.
5. Prohibición de permutas
Desde la fecha de firma del convenio hasta el momento de la efectiva integración, el Ayuntamiento
de Fuenlabrada no permitirá permutas que afecten a los funcionarios del anexo I del convenio.
(03/1.095/25)
BOCM-20250131-48
CSV (Código de Verificación
Segura)
Firmado por
Página
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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2.5.
B.O.C.M. Núm. 26
“Integración total”. Comenzará una vez finalizado el período de adaptación. A
partir de ese momento:
El personal transferido tendrá un funcionamiento igual que el resto de personal del
CBCM.
3. Movilidad y promoción.
3.1. El personal del SEIAF participará en el primer concurso de movilidad que se
habilite, conjuntamente con el resto del personal del CBCM u otro excepcional en
el caso de que, en la fecha de gestión del concurso de movilidad, no se haya
podido contar con dicho personal, quedando sujetos en cualquier caso a las bases
del mismo en todo lo que no se recoja en el presente documento.
3.2. Se respetará el destino a todos aquellos bomberos y mandos del SEIAF que no
deseen concursar.
3.3. Se respetará la antigüedad de los trabajadores transferidos comunicada por el
Ayuntamiento de Fuenlabrada, para aquellos que quieran participar en los
concursos internos de traslados o procesos selectivos.
3.4. El personal del parque de bomberos de Fuenlabrada podrá concursar a puestos
de no intervención directa en siniestro cuando así sea habilitado el trabajador por
el servicio médico.
4. Integración forestal.
4.1.
La integración forestal se realizará mediante formación teórica previa, y
participación directa en la campaña forestal.
4.2.
El personal del parque de Fuenlabrada realizará en su primera campaña
INFOMA al menos tres guardias en PIF. Durante esa primera campaña forestal,
cuando en el parque de Fuenlabrada se supere su mínimo operativo, el coordinador
de guardia podrá mandar a cubrir al personal excedente a realizar guardia en PIF.
4.3.
Durante las dos primeras campañas, el personal transferido no podrá realizar
funciones de responsable de PIF, a excepción de los jefes de dotación y el jefe de
equipo.
4.4.
En la primera campaña INFOMA no se constituirá PIF asociado al parque de
bomberos de Fuenlabrada, pudiéndose constituir en la segunda campaña si se
estimase necesario.
4.5.
Durante la primera campaña no habrá más de un funcionario transferido
asignado al mismo PIF.
5. Prohibición de permutas
Desde la fecha de firma del convenio hasta el momento de la efectiva integración, el Ayuntamiento
de Fuenlabrada no permitirá permutas que afecten a los funcionarios del anexo I del convenio.
(03/1.095/25)
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