Estremera (BOCM-20250130-64)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 25

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64

ESTREMERA

Se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, el acuerdo definitivo referente a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos, acuerdo que fue aprobado provisionalmente por el Pleno de este Ayuntamiento de Estremera, en su sesión celebrada el 25 de septiembre de 2024.
El referido acuerdo ha resultado elevado automáticamente a definitivo al no haberse
presentado reclamaciones durante el período de exposición al público, ello en consonancia
con lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 49
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, habiéndose publicado el correspondiente anuncio de exposición el 13 de noviembre de 2024, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 271, del año 2024, y habiéndose expuesto el referido acuerdo de aprobación provisional en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento de Estremera, tal y como previene el
artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, y el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se hace público el acuerdo elevado
a definitivo, cuya trascripción literal se describe a continuación:
“Quinto. Modificación ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos.—Dada cuenta de la propuesta realizada por la señora alcaldesa-presidenta, así
como el expediente tramitado al efecto referente a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, y cuya última modificación consta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 256, de 26 de
octubre de 2012.
Se acuerda por mayoría absoluta de seis votos a favor y tres en contra, siendo nueve el
número de miembros que forman el pleno de este Ayuntamiento de Estremera:
1.o Modificar el artículo 7 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición
de documentos administrativos, siendo la modificación siguiente, y resultando el referido
artículo 7, una vez realizada la modificación de la siguiente forma:
“Artículo 7. Tarifa.—La tarifa a que se refiere el artículo anterior se estructura en los
siguientes epígrafes:
Servicios de fax, fotocopias, expedición de documentos catastrales, y expedición de
certificados o documentos, obtenidos del Padrón Municipal de habitantes:
a) Servicio de fax:
— Enviar: 1 euros (llamada nacional).
— Enviar: 2 euros (llamada internacional).
— Recibir: 0,1 euros (llamada nacional).
— Recibir: 0,5 euros (llamada internacional).
b) Servicio de fotocopias:
— Fotocopias: una cara: 0,10 euros (folio A4).
— Fotocopias: una cara: 0,20 euros (folio A3).
— Fotocopia color: una cara: 0,5 euros (folio A4).
c) Expedición de documentos catastrales:
— Gráfico: 2 euros.
— Descriptivo: 2 euros.
— Gráfico y descriptivo: 3 euros.

BOCM-20250130-64

RÉGIMEN ECONÓMICO