Madrid (BOCM-20250129-36)
Personal. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 24
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE ENERO DE 2025
Pág. 187
Estas obras en fachada forman parte de la recuperación que se pretende realizar en
planta baja y primera del edificio volviendo a la fachada del proyecto original que se ha perdido en las modificaciones posteriores.
1.2.2. Reconfiguración.
— Modificación de trazados inadecuados y reconfiguración del espacio de cubierta,
eliminando los efectos negativos de las sucesivas ampliaciones que se han generado. Reorganización de sus faldones. Recuperando el espacio generado bajo la
cubierta a dos aguas del edificio original como espacio de instalaciones.
— Recuperación del torreón, zona exterior y espacio junto a la medianera de Jorge
Juan como uso común de la zona residencial.
1.2.3. Reestructuración puntual.
— Demolición de los patios del edificio ocupados con construcción actualmente para
volver al estado original.
— Adecuación a la normativa de accesibilidad mediante la instalación de ascensores
en nuevas localizaciones, con apertura de huecos en muros para su acceso.
— Cumplimiento de la normativa contra incendios mediante la construcción de paso
y vías de evacuación en plantas.
— Construcción de escaleras privadas de comunicación entre dos plantas de sótano
consecutivas.
No se generan aumentos en la superficie edificada sobre el edificio actual.
1.2.4. Acondicionamiento parcial.
— Obras de acondicionamiento en las diferentes plantas para adaptarse al nuevo uso
residencial, y al cumplimiento de la normativa de aplicación.
1.3. Régimen de los usos.
Artículo 4.3.8. Condiciones especiales de los usos.
El uso original del edificio es el uso Residencial, y se recuperará este uso en plantas
superiores.
1.4. Condiciones de protección.
— Condiciones de catalogación:
Protección: Nivel 1- Integral.
La protección se mantiene en la totalidad del edificio.
Se considera protegido de forma global, con el fin de mantener sus características
arquitectónicas y constructivas, volúmenes, formas y elementos decorativos.
ANEXO DE CONSIDERACIONES AMBIENTALES PARA EL DESARROLLO
DEL PLAN ESPECIAL PARA LA PARCELA SITUADA EN LA CALLE
VELÁZQUEZ NUMERO 21, EN EL BARRIO DE RECOLETOS
(DISTRITO DE SALAMANCA)
1. Objeto
El presente anexo tiene por objeto incorporar las consideraciones ambientales establecidas en el informe ambiental de fecha 24 de enero de 2022 de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética perteneciente a la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, como normas a tener en cuenta en el
proceso de ejecución del presente Plan Especial.
2.1. Cumplimiento de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido y los Reales
Decretos que la desarrollan.
En relación con el cumplimiento de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y
los Reales Decretos 1513/2005, de 16 de diciembre y 1367/2007, de 19 de octubre
y 1038/2012, de 6 de julio, que la desarrollan, analizada la documentación presentada a
continuación se indican los siguientes condicionantes que se deberán tener en cuenta para
el desarrollo del ámbito.
BOCM-20250129-36
2. Consideraciones a tener en cuenta en el proceso de ejecución del ámbito
B.O.C.M. Núm. 24
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE ENERO DE 2025
Pág. 187
Estas obras en fachada forman parte de la recuperación que se pretende realizar en
planta baja y primera del edificio volviendo a la fachada del proyecto original que se ha perdido en las modificaciones posteriores.
1.2.2. Reconfiguración.
— Modificación de trazados inadecuados y reconfiguración del espacio de cubierta,
eliminando los efectos negativos de las sucesivas ampliaciones que se han generado. Reorganización de sus faldones. Recuperando el espacio generado bajo la
cubierta a dos aguas del edificio original como espacio de instalaciones.
— Recuperación del torreón, zona exterior y espacio junto a la medianera de Jorge
Juan como uso común de la zona residencial.
1.2.3. Reestructuración puntual.
— Demolición de los patios del edificio ocupados con construcción actualmente para
volver al estado original.
— Adecuación a la normativa de accesibilidad mediante la instalación de ascensores
en nuevas localizaciones, con apertura de huecos en muros para su acceso.
— Cumplimiento de la normativa contra incendios mediante la construcción de paso
y vías de evacuación en plantas.
— Construcción de escaleras privadas de comunicación entre dos plantas de sótano
consecutivas.
No se generan aumentos en la superficie edificada sobre el edificio actual.
1.2.4. Acondicionamiento parcial.
— Obras de acondicionamiento en las diferentes plantas para adaptarse al nuevo uso
residencial, y al cumplimiento de la normativa de aplicación.
1.3. Régimen de los usos.
Artículo 4.3.8. Condiciones especiales de los usos.
El uso original del edificio es el uso Residencial, y se recuperará este uso en plantas
superiores.
1.4. Condiciones de protección.
— Condiciones de catalogación:
Protección: Nivel 1- Integral.
La protección se mantiene en la totalidad del edificio.
Se considera protegido de forma global, con el fin de mantener sus características
arquitectónicas y constructivas, volúmenes, formas y elementos decorativos.
ANEXO DE CONSIDERACIONES AMBIENTALES PARA EL DESARROLLO
DEL PLAN ESPECIAL PARA LA PARCELA SITUADA EN LA CALLE
VELÁZQUEZ NUMERO 21, EN EL BARRIO DE RECOLETOS
(DISTRITO DE SALAMANCA)
1. Objeto
El presente anexo tiene por objeto incorporar las consideraciones ambientales establecidas en el informe ambiental de fecha 24 de enero de 2022 de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética perteneciente a la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, como normas a tener en cuenta en el
proceso de ejecución del presente Plan Especial.
2.1. Cumplimiento de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido y los Reales
Decretos que la desarrollan.
En relación con el cumplimiento de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y
los Reales Decretos 1513/2005, de 16 de diciembre y 1367/2007, de 19 de octubre
y 1038/2012, de 6 de julio, que la desarrollan, analizada la documentación presentada a
continuación se indican los siguientes condicionantes que se deberán tener en cuenta para
el desarrollo del ámbito.
BOCM-20250129-36
2. Consideraciones a tener en cuenta en el proceso de ejecución del ámbito