Galapagar (BOCM-20250129-48)
Organización y funcionamiento. Nombramiento
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 24
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
GALAPAGAR
Nombramiento tenientes de alcalde.
Por decreto de Alcaldía número 194/2025, de 15 de enero, la alcaldesa-presidente, D.a Carla Isabel Greciano Barrado, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en el artículo 21
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el
artículo 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, ha resuelto:
Primero.—Nombrar tenientes de alcalde, a los siguientes concejales de la Corporación:
— D. Ángel Camacho Lázaro, primer teniente de alcalde.
— D. Ignacio Menéndez Medrano, segundo teniente de alcalde.
— D.a Paloma Lorenzo Murillo, tercera teniente de alcalde.
— D.a Beatriz Gutiérrez Martínez, cuarta teniente de alcalde.
— D. Román Robles Valadés, quinto teniente de alcalde.
— D. Javier Álvarez López, sexto teniente de alcalde.
— D. José Ángel Moreno Romero, séptimo teniente de alcalde.
Segundo. Delegar en el primer teniente de alcalde, D. Ángel Camacho Lázaro, la dirección del Área de Urbanismo y Ordenación del Territorio, Movilidad, Régimen Interior,
Transporte y Empleo.
Tercero.—Delegar en el segundo teniente de alcalde, D. Ignacio Menéndez Medrano,
la dirección del Área de Portavocía del Gobierno, Comercio, Desarrollo Local, Turismo y
Urbanizaciones, Asuntos Judiciales, Familia y Juventud, Fondos Europeos y Patrimonio.
Cuarto.—Delegar en la tercera teniente de alcalde, D.a Paloma Lorenzo Murillo, la dirección del Área el área de Medioambiente, Cultura y Protocolo y Salud Pública.
Quinto.—Delegar en la cuarta teniente de alcalde, D.a Beatriz Gutiérrez Martínez, la
dirección del Área de Recursos Humanos y Educación, Asuntos Sociales, Mujer, Mayor,
Comunicación, Inclusión y Accesibilidad.
Sexto.—Delegar en el quinto teniente de alcalde, D. Román Robles Valadés, la dirección del Área de Hacienda, Contratación, Atención al Ciudadano, Transparencia y Administración Digital.
Séptimo.—Delegar en el sexto teniente de alcalde, D. Javier Álvarez López, la dirección del Área de Seguridad Ciudadana, Festejos y Asuntos Taurinos.
Octavo.—Delegar en el séptimo teniente de alcalde, D. José Ángel Moreno Romero,
la dirección del Área de Deportes.
Noveno.—Las delegaciones acordadas en esta resolución quedan sujetas al siguiente
régimen jurídico:
a) El ejercicio de las facultades por delegación deberá hacerse constar en las resoluciones que se dicten, en conformidad con lo que dispone el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
b) El órgano delegante conservará las facultades de recibir información detallada de
la gestión de la competencia delegada y de los actos y disposiciones emanados en
virtud de la delegación, la de ser informado previamente a la adopción de decisiones de transcendencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 del ROF.
c) La Alcaldía podrá revocar en cualquier momento las delegaciones efectuadas siguiendo las mismas formalidades aplicadas para otorgarlas.
d) La Alcaldía podrá avocar en cualquier momento la competencia delegada de
acuerdo con lo que dispone el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
e) Corresponderá a la Alcaldía resolver las posibles dudas que se formulen en relación con la aplicación de esta resolución, así como los conflictos positivos o negativos de competencias que puedan surgir entre los órganos delegados en relación con el ejercicio de una concreta determinada función.
BOCM-20250129-48
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pág. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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B.O.C.M. Núm. 24
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
GALAPAGAR
Nombramiento tenientes de alcalde.
Por decreto de Alcaldía número 194/2025, de 15 de enero, la alcaldesa-presidente, D.a Carla Isabel Greciano Barrado, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en el artículo 21
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el
artículo 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, ha resuelto:
Primero.—Nombrar tenientes de alcalde, a los siguientes concejales de la Corporación:
— D. Ángel Camacho Lázaro, primer teniente de alcalde.
— D. Ignacio Menéndez Medrano, segundo teniente de alcalde.
— D.a Paloma Lorenzo Murillo, tercera teniente de alcalde.
— D.a Beatriz Gutiérrez Martínez, cuarta teniente de alcalde.
— D. Román Robles Valadés, quinto teniente de alcalde.
— D. Javier Álvarez López, sexto teniente de alcalde.
— D. José Ángel Moreno Romero, séptimo teniente de alcalde.
Segundo. Delegar en el primer teniente de alcalde, D. Ángel Camacho Lázaro, la dirección del Área de Urbanismo y Ordenación del Territorio, Movilidad, Régimen Interior,
Transporte y Empleo.
Tercero.—Delegar en el segundo teniente de alcalde, D. Ignacio Menéndez Medrano,
la dirección del Área de Portavocía del Gobierno, Comercio, Desarrollo Local, Turismo y
Urbanizaciones, Asuntos Judiciales, Familia y Juventud, Fondos Europeos y Patrimonio.
Cuarto.—Delegar en la tercera teniente de alcalde, D.a Paloma Lorenzo Murillo, la dirección del Área el área de Medioambiente, Cultura y Protocolo y Salud Pública.
Quinto.—Delegar en la cuarta teniente de alcalde, D.a Beatriz Gutiérrez Martínez, la
dirección del Área de Recursos Humanos y Educación, Asuntos Sociales, Mujer, Mayor,
Comunicación, Inclusión y Accesibilidad.
Sexto.—Delegar en el quinto teniente de alcalde, D. Román Robles Valadés, la dirección del Área de Hacienda, Contratación, Atención al Ciudadano, Transparencia y Administración Digital.
Séptimo.—Delegar en el sexto teniente de alcalde, D. Javier Álvarez López, la dirección del Área de Seguridad Ciudadana, Festejos y Asuntos Taurinos.
Octavo.—Delegar en el séptimo teniente de alcalde, D. José Ángel Moreno Romero,
la dirección del Área de Deportes.
Noveno.—Las delegaciones acordadas en esta resolución quedan sujetas al siguiente
régimen jurídico:
a) El ejercicio de las facultades por delegación deberá hacerse constar en las resoluciones que se dicten, en conformidad con lo que dispone el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
b) El órgano delegante conservará las facultades de recibir información detallada de
la gestión de la competencia delegada y de los actos y disposiciones emanados en
virtud de la delegación, la de ser informado previamente a la adopción de decisiones de transcendencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 del ROF.
c) La Alcaldía podrá revocar en cualquier momento las delegaciones efectuadas siguiendo las mismas formalidades aplicadas para otorgarlas.
d) La Alcaldía podrá avocar en cualquier momento la competencia delegada de
acuerdo con lo que dispone el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
e) Corresponderá a la Alcaldía resolver las posibles dudas que se formulen en relación con la aplicación de esta resolución, así como los conflictos positivos o negativos de competencias que puedan surgir entre los órganos delegados en relación con el ejercicio de una concreta determinada función.
BOCM-20250129-48
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