Mancomunidad del Sur (BOCM-20250123-57)
Régimen económico. Reglamento
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE ENERO DE 2025

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Los pliegos de condiciones de la licitación.
El presente reglamento del servicio.
El plan de explotación, mantenimiento y conservación de las instalaciones.
El estudio de viabilidad de la concesión de servicio público.
La oferta presentada por el concesionario.

En cumplimiento de lo establecido por Estrategia de Residuos de la Comunidad de
Madrid, aprobada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 18 de octubre de 2007, se
constituyó la Mancomunidad del Sur, entidad local Inscrita en el Registro estatal de Entidades Locales con el número 0528057.
La Mancomunidad del Sur gestiona este expediente para asegurar este servicio público en virtud de la atribución contenida tanto en el artículo 25.2 l) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, como servicio obligatorio de tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios, de conformidad con el marco jurídico establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, en virtud de las
competencias atribuidas a entidades locales establecidas en el art. 6.a) de la Ley 1/2024,
de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid y en el artículo 5 de los
Estatutos de la Mancomunidad del Sur para la gestión de residuos (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID 135, 9 de junio de 2011).
La Comunidad de Madrid reguló la cesión a la Mancomunidad del Sur de las instalaciones destinadas a la gestión de residuos domésticos, entre las que se encuentran las instalaciones adscritas al contrato mediante la Orden 3770/2012, de 13 de diciembre de 2012,
del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se otorga a la
Mancomunidad del Sur la concesión administrativa para la utilización y aprovechamiento
de determinados bienes de dominio público afectados a la prestación de servicios de gestión de residuos domésticos.
Las instalaciones de tratamiento afectas al contrato de concesión, cuyo uso fue cedido a
la Mancomunidad del Sur por un plazo de 45 años a contar desde el 1 de enero de 2013 son:
— Un vertedero para residuos no peligrosos ubicado en la actualidad sobre los términos municipales de Pinto, San Martín de la Vega y Getafe, en adelante DC Pinto.
— Un vertedero para residuos no peligrosos clausurado, en el término municipal de
Colmenar de Oreja, en adelante DC Colmenar de Oreja.
— Cuatro estaciones de transferencia, situadas en los términos municipales de:
• Leganés (ET Leganés).
• Las Rozas de Madrid (ET Las Rozas).
• Colmenar de Oreja (ET Colmenar de Oreja).
• Colmenar del Arroyo (ET Colmenar del Arroyo).
— Un Punto Limpio (fuera de uso) anejo a las instalaciones del DC Pinto.
Las cuatro estaciones de transferencia citadas están adaptadas para la transferencia de residuos domésticos y residuos de envases procedentes de los servicios municipales de recogida,
independizando ambos flujos de residuos y optimizando los costes de transporte de los mismos
desde los municipios más alejados de las instalaciones de tratamiento y/o eliminación.
Los residuos domésticos de origen exclusivamente municipal recibidos en las estaciones de transferencia se transportarán de forma diferenciada a instalaciones para su tratamiento o eliminación:
— Los envases y residuos de envases procedentes de los servicios municipales de recogida selectiva se entregarán en la Planta de selección de envases y residuos de
envases en el t.m. de Pinto.
— Los residuos domésticos procedentes de los servicios municipales de recogida general se depositarán en el DC PINTO o en la Planta de tratamiento de residuos domésticos ubicada también en el t.m. de Pinto, en el caso de esta última, hasta completar
el máximo de su capacidad nominal de tratamiento cifrada en 120.000 toneladas
anuales, según criterios operativos a definir por la Mancomunidad del Sur.
— Los residuos de la fracción orgánica de recogida selectiva (FORS) procedentes de
los servicios municipales de recogida selectiva de los municipios mancomunados se
depositarán en la Planta de tratamiento de residuos domésticos ubicada también en
el t.m. de Pinto, según criterios operativos a definir por la Mancomunidad del Sur.

BOCM-20250123-57

II. Introducción