C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250123-6)
Plan general de urbanismo –  Acuerdo de 15 de enero de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual número 11 del Plan General de Ordenación Urbana de Fuenlabrada. Regeneración urbana
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE ENERO DE 2025

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ACUERDO de 15 de enero de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba definitivamente la modificación puntual número 11 del Plan General de
Ordenación Urbana de Fuenlabrada. Regeneración urbana.

I. El Plan General de Ordenación Urbana de Fuenlabrada, aprobado definitivamente por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 15 de abril de 1999 señaló condiciones
que afectaban al suelo urbanizable programado y exceptuó de la aprobación definitiva diversos ámbitos y determinaciones respecto de los cuales se acordó su aplazamiento.
La modificación puntual número 11 de este Plan General, “Regeneración Urbana”, tiene como finalidad promover la reactivación del casco antiguo de Fuenlabrada, mediante
dos grandes actuaciones:
— El cambio en la ordenación urbanística del suelo del caso antiguo en dos zonas de su
eje central, definido por las calles Móstoles y La Plaza, favoreciendo la mejora del
espacio público, ampliando la red peatonal y estancial, y posibilitando la creación
de un gran equipamiento público multifuncional que dinamice la vida en el centro.
— La recuperación y reutilización de una parcela dotacional (antiguo depósito en desuso) de suelo urbano, en la que debido a su pérdida de funcionalidad y estado de abandono se propone un cambio de calificación, que permita su integración en el tejido
urbano de la ciudad con una nueva ordenación que habilite la construcción de vivienda colectiva para paliar el déficit actualmente existente en el suelo de uso residencial en el municipio; así como la ejecución de un pequeño parque arbolado.
II. Las características y el objeto de las modificaciones a ejecutar en los tres emplazamientos del casco antiguo del municipio de Fuenlabrada en los que opera la Modificación Puntual número 11 del Plan General de Ordenación Urbana son las siguientes:
El emplazamiento 1 correspondiente a la parcela de la calle Móstoles número 1 y a un
tramo de la calle Delicias, tiene forma sensiblemente triangular y limita con la calle Móstoles al noreste, con la alineación oficial de la calle Delicias al sur y la calle Luna al oeste.
En esta localización existe una estación de servicio para venta de combustible y tienda,
cuya superficie aproximada es de 855 metros cuadrados.
Su calificación urbanística es la de suelo urbano consolidado (suelo urbano que no requiere de transformación urbanística) y la del terreno sobre la que se asienta la estación de
servicios es la de suelo dotacional de servicios infraestructurales.
La superficie de este emplazamiento que cambia de calificación urbanística es de 1.370 metros cuadrados.
El objeto de la modificación consiste en el cambio de la calificación del suelo, sustituyendo la vigente calificación de dotacional de servicios infraestructurales en la estación de
servicio y en un tramo de la calle Delicias por la calificación de dotacional zona verde.
Con esta operación se promueve la peatonalización del tramo de la calle Móstoles entre la calle Humilladero y la calle Luis Sauquillo para enlazar con el itinerario peatonal ya
consolidado de la calle La Plaza, recuperando el espacio que actualmente ocupa la estación
de servicio al cambiar su calificación de servicios dotacionales infraestructurales a la calificación de dotacional zona verde.
El emplazamiento 2, que se corresponde con la Unidad de Ejecución número 12 del
Plan General de Ordenación Urbana (UE-12 PGOU), se sitúa en la manzana delimitada por
las calles de La Plaza, Sierra, Arroyada del Tesillo, Berro, La Paz y Maximino Pérez, con
una superficie total de 7.640 metros cuadrados calificados como suelo urbano no consolidado (suelo urbano que requiere de transformación urbanística).

BOCM-20250123-6

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