D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20250123-11)
Convenio – Adenda de 27 de diciembre de 2024, al contrato-programa entre el CRTM y Metro de Madrid plurianual 2021-2024. Prórroga del contrato programa para los ejercicios 2025 a 2028. Acuerdo económico para el ejercicio 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE ENERO DE 2025
Pág. 35
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
11
ADENDA de 27 de diciembre de 2024, al contrato-programa entre el CRTM y
Metro de Madrid plurianual 2021-2024. Prórroga del contrato programa para
los ejercicios 2025 a 2028. Acuerdo económico para el ejercicio 2025.
Madrid, noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid
(en adelante, CRTM), cargo para el que fue designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 19 de julio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de julio de 2023), actuando para la firma de esta adenda en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación
del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y el artículo 12 de la
Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Ignacio Vázquez Casavilla, con domicilio a efectos de este documento en Madrid, Av. de Asturias, 4 (28029 Madrid), en nombre y representación de la empresa Metro de Madrid, S. A., (en adelante, METRO) inscrita en el Registro Mercantil de la
provincia de Madrid en el tomo 90 de Sociedades, folio 107, hoja 3.372, con CIF número
A-28001352, y con domicilio social en Madrid, Avda. de Asturias, 4, en su calidad de Consejero-Delegado de la misma, cargo para el que fue nombrado por Acuerdo del Consejo de
Administración de 28 de julio de 2023.
Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación suficientes para
el otorgamiento del presente documento del presente documento y a tal efecto,
MANIFIESTAN
Primero
Con fecha de 25 de octubre de 2020 se firma el Contrato-Programa plurianual 2021-2024
entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y Metro de Madrid, S. A., en el que se
recogen los términos que regulan las relaciones recíprocas entre ambas entidades, cuya vigencia se extiende al período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre
de 2024 (cuatro años), disponiendo de una posibilidad de prórroga de otros cuatro años.
Al estar finalizando el ejercicio 2024, ambas partes están de acuerdo en acogerse a la posibilidad de prórroga que establece el Contrato Programa firmado en octubre de 2020 por considerar que ha sido un instrumento óptimo en las relaciones entre el CRTM y Metro de
Madrid, con los ajustes al mismo que consideran pueden mejorar las mencionadas relaciones.
Tercero
En la cláusula “1.2. Planteamiento” se indica que, a lo largo del año 2021, al objeto de
complementar las condiciones económicas del Contrato Programa con las relativas a los
ejercicios 2022 a 2024, las partes firmantes analizarán y ajustarán las citadas variables (demanda prevista y tarifa/viajero) para el resto de los años de vigencia del Contrato Programa, quedando reflejadas éstas a través de una adenda al mismo.
BOCM-20250123-11
Segundo
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE ENERO DE 2025
Pág. 35
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REGULARES DE MADRID
11
ADENDA de 27 de diciembre de 2024, al contrato-programa entre el CRTM y
Metro de Madrid plurianual 2021-2024. Prórroga del contrato programa para
los ejercicios 2025 a 2028. Acuerdo económico para el ejercicio 2025.
Madrid, noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid
(en adelante, CRTM), cargo para el que fue designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 19 de julio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de julio de 2023), actuando para la firma de esta adenda en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación
del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y el artículo 12 de la
Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Ignacio Vázquez Casavilla, con domicilio a efectos de este documento en Madrid, Av. de Asturias, 4 (28029 Madrid), en nombre y representación de la empresa Metro de Madrid, S. A., (en adelante, METRO) inscrita en el Registro Mercantil de la
provincia de Madrid en el tomo 90 de Sociedades, folio 107, hoja 3.372, con CIF número
A-28001352, y con domicilio social en Madrid, Avda. de Asturias, 4, en su calidad de Consejero-Delegado de la misma, cargo para el que fue nombrado por Acuerdo del Consejo de
Administración de 28 de julio de 2023.
Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación suficientes para
el otorgamiento del presente documento del presente documento y a tal efecto,
MANIFIESTAN
Primero
Con fecha de 25 de octubre de 2020 se firma el Contrato-Programa plurianual 2021-2024
entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y Metro de Madrid, S. A., en el que se
recogen los términos que regulan las relaciones recíprocas entre ambas entidades, cuya vigencia se extiende al período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre
de 2024 (cuatro años), disponiendo de una posibilidad de prórroga de otros cuatro años.
Al estar finalizando el ejercicio 2024, ambas partes están de acuerdo en acogerse a la posibilidad de prórroga que establece el Contrato Programa firmado en octubre de 2020 por considerar que ha sido un instrumento óptimo en las relaciones entre el CRTM y Metro de
Madrid, con los ajustes al mismo que consideran pueden mejorar las mencionadas relaciones.
Tercero
En la cláusula “1.2. Planteamiento” se indica que, a lo largo del año 2021, al objeto de
complementar las condiciones económicas del Contrato Programa con las relativas a los
ejercicios 2022 a 2024, las partes firmantes analizarán y ajustarán las citadas variables (demanda prevista y tarifa/viajero) para el resto de los años de vigencia del Contrato Programa, quedando reflejadas éstas a través de una adenda al mismo.
BOCM-20250123-11
Segundo