Móstoles (BOCM-20250121-61)
Urbanismo. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 21 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 17
Ordenanza ZU-AE-3
— Del uso genérico “productivo” .
— Comercio industrial.
Título VIII. Determinaciones Generales de Uso y Actividad.
— Uso genérico: Productivo.
— Uso Pormenorizado: Comercio industrial.
Categorías:
• PC-1: Comercio al mayor.
• PC-2: Industria escaparate.
• PC-3: Comercio maquinaria.
Aparcamiento: Deberá reservarse 1.5 plazas por cada 100 m2 construidos y no menos de 1
plaza por cada 30 m2 de superficie de venta. El espacio de carga y descarga se computará como
reserva de plazas de aparcamiento con la equivalencia que corresponda a su superficie.
Ordenanza ZU-AE-3
— Del uso genérico “equipamientos”.
— Deportivo: gimnasio.
Título VIII. Determinaciones Generales de Uso y Actividad.
— Uso genérico: Equipamientos y Servicios.
— Uso Pormenorizado: Deportivo.
Categorías:
• D-1: Instalaciones sin espectadores.
Aparcamiento: Las plazas de aparcamiento a reservar en las edificaciones de nueva
planta son las siguientes, que en todo caso no serán inferiores a 1,5 plazas por cada 100 m2
construidos:
— En edificio exclusivo: 1,5 plazas por cada 100 m2 accesibles al público.
— Complementario del uso principal: la dotación de aparcamiento se entiende cubierta por los del uso principal.
Ordenanza ZU-AE-3
— Del uso genérico “equipamientos”.
— Deportivo: guarderías al servicio del polígono, centros de enseñanza relacionados
con el uso genérico del polígono y centros de investigación, centros y talleres de
formación, centros de ensayos musicales, estudios de grabación y similares.
Título VIII. Determinaciones Generales de Uso y Actividad.
— Uso genérico: Equipamientos y Servicios.
— Uso Pormenorizado: Docente.
Categorías:
• DO-1: Centros Preescolares, Escuelas de Infancia, Guarderías.
• DO-4: Centros de Investigación.
• DO-5: Centros de enseñanza no reglada.
Aparcamiento: Se reservarán 1,5 plazas por cada 100 m2 de instalación de nueva planta en el caso de DO-1. En el resto se determinarán por los servicios municipales. En todo
caso se deberá prever el aparcamiento de autobuses escolares en forma que no dificulte el
tráfico del entorno, preferentemente en el interior del recinto.
Ordenanza ZU-AE-3
— Del uso genérico “equipamientos”.
— Sanitario: Dispensarios, Consultorios, Oficinas de farmacia y centros ópticos..
Título VIII. Determinaciones Generales de Uso y Actividad.
— Uso genérico: Equipamientos y Servicios.
— Uso Pormenorizado: Sanitario.
BOCM-20250121-61
Pág. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 17
Ordenanza ZU-AE-3
— Del uso genérico “productivo” .
— Comercio industrial.
Título VIII. Determinaciones Generales de Uso y Actividad.
— Uso genérico: Productivo.
— Uso Pormenorizado: Comercio industrial.
Categorías:
• PC-1: Comercio al mayor.
• PC-2: Industria escaparate.
• PC-3: Comercio maquinaria.
Aparcamiento: Deberá reservarse 1.5 plazas por cada 100 m2 construidos y no menos de 1
plaza por cada 30 m2 de superficie de venta. El espacio de carga y descarga se computará como
reserva de plazas de aparcamiento con la equivalencia que corresponda a su superficie.
Ordenanza ZU-AE-3
— Del uso genérico “equipamientos”.
— Deportivo: gimnasio.
Título VIII. Determinaciones Generales de Uso y Actividad.
— Uso genérico: Equipamientos y Servicios.
— Uso Pormenorizado: Deportivo.
Categorías:
• D-1: Instalaciones sin espectadores.
Aparcamiento: Las plazas de aparcamiento a reservar en las edificaciones de nueva
planta son las siguientes, que en todo caso no serán inferiores a 1,5 plazas por cada 100 m2
construidos:
— En edificio exclusivo: 1,5 plazas por cada 100 m2 accesibles al público.
— Complementario del uso principal: la dotación de aparcamiento se entiende cubierta por los del uso principal.
Ordenanza ZU-AE-3
— Del uso genérico “equipamientos”.
— Deportivo: guarderías al servicio del polígono, centros de enseñanza relacionados
con el uso genérico del polígono y centros de investigación, centros y talleres de
formación, centros de ensayos musicales, estudios de grabación y similares.
Título VIII. Determinaciones Generales de Uso y Actividad.
— Uso genérico: Equipamientos y Servicios.
— Uso Pormenorizado: Docente.
Categorías:
• DO-1: Centros Preescolares, Escuelas de Infancia, Guarderías.
• DO-4: Centros de Investigación.
• DO-5: Centros de enseñanza no reglada.
Aparcamiento: Se reservarán 1,5 plazas por cada 100 m2 de instalación de nueva planta en el caso de DO-1. En el resto se determinarán por los servicios municipales. En todo
caso se deberá prever el aparcamiento de autobuses escolares en forma que no dificulte el
tráfico del entorno, preferentemente en el interior del recinto.
Ordenanza ZU-AE-3
— Del uso genérico “equipamientos”.
— Sanitario: Dispensarios, Consultorios, Oficinas de farmacia y centros ópticos..
Título VIII. Determinaciones Generales de Uso y Actividad.
— Uso genérico: Equipamientos y Servicios.
— Uso Pormenorizado: Sanitario.
BOCM-20250121-61
Pág. 242
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