Torrejón de Velasco (BOCM-20250121-70)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 17
DISPOSICIONES FINALES
BOCM-20250121-70
Primera.—Para todo lo no expresamente regulado en la presente ordenanza fiscal, se
estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley General
Tributaria y demás disposiciones de general aplicación, así como a las normas contenidas
en la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de
Torrejón de Velasco.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos
meses, contados desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se
estime oportuno.
En Torrejón de Velasco, a 10 de enero de 2025.—El alcalde-presidente, Esteban Bravo
Fernández.
(03/403/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 17
DISPOSICIONES FINALES
BOCM-20250121-70
Primera.—Para todo lo no expresamente regulado en la presente ordenanza fiscal, se
estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley General
Tributaria y demás disposiciones de general aplicación, así como a las normas contenidas
en la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de
Torrejón de Velasco.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos
meses, contados desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se
estime oportuno.
En Torrejón de Velasco, a 10 de enero de 2025.—El alcalde-presidente, Esteban Bravo
Fernández.
(03/403/25)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791