Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya (BOCM-20250121-75)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 17

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE ENERO DE 2025

Pág. 269

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
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MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS
DEL VALLE NORTE DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Anuncio de aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la
recogida y transporte de residuos para una economía circular de la Mancomunidad de
Servicios del Valle Norte del Lozoya.
La Junta General de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, en sesión
ordinaria del 28 de octubre de 2024, aprobó la Ordenanza municipal reguladora de la recogida y transporte de residuos para una economía circular de la Mancomunidad de Servicios
del Valle Norte del Lozoya. Sometida la misma a la Información Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 270, de 12 de noviembre de 2024), y sin haberse presentado reclamaciones a la misma (circunstancia esta acreditada mediante certificado emitido por la Secretaria Interventora de la Mancomunidad), de conformidad con los
artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, queda definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces inicial, procediéndose a su publicación.
Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en la normativa transcrita, significando que, contra la presente aprobación definitiva, por tratarse de una disposición de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos
meses, a contar desde el siguiente al de la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Esta nueva ordenanza viene a adaptar la normativa de la Mancomunidad a las leyes estatales y autonómicas, teniendo como base los principios de cautela y de acción preventiva, de corrección de los atentados al medio ambiente, preferentemente en la fuente misma
y de quien contamina paga, de acuerdo con el artículo 191 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea.
El artículo 45 de la Constitución española establece, como principio rector de la política social y económica, el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para
el desarrollo de la persona, así como el deber de los ciudadanos de conservarlo y la obligación de los poderes públicos, entre ellos el municipio, de velar por la utilización racional de
todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender
y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
El Plan de Acción en materia de Economía Circular de la Unión Europea de 2015 incluía un paquete normativo destinado a revisar las principales directivas europeas en materia de Residuos. Así, en el año 2018, fue aprobada, entre otras, la Directiva (UE) 2018/851
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE, sobre los residuos. Dicha Directiva fue objeto de transposición mediante la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que deroga la anterior Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
La Ley 7/2022 prevé una relación de objetivos en materia de prevención y gestión de
residuos, que deben ser tomados en consideración en la determinación, en su caso, de objetivos en los instrumentos de planificación o en las ordenanzas generales de residuos. Son
los siguientes:
— Reducción del peso de residuos producidos (13 % 2025; 15 %, 2030, en ambos casos desde 2010).
— Objetivos de preparación para a la reutilización y el reciclado de los residuos municipales de un 55 %, en peso en 2025, de un 60 %, en 2030, y de un 65 % en 2035.
Se fija un objetivo concreto de preparación para la reutilización de un 5 % en peso
respecto del total para 2025, un 10 % para 2030 y un 15 % para 2035.

BOCM-20250121-75

ORDENANZA DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS
PARA UNA ECONOMÍA CIRCULAR DE LA MANCOMUNIDAD
DE SERVICIOS VALLE NORTE DE LOZOYA