D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250120-26)
Convenio – Convenio de colaboración de 7 de enero de 2025, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del SUMMA 112, y el excelentísimo Ayuntamiento de Collado Villalba, en materia de asistencia a las urgencias, emergencias sanitarias y transporte sanitario
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BOCM
Pág. 124
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 16
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
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CONVENIO de colaboración de 7 de enero de 2025, entre el Servicio Madrileño
de Salud, a través del SUMMA 112, y el excelentísimo Ayuntamiento de Collado
Villalba, en materia de asistencia a las urgencias, emergencias sanitarias y
transporte sanitario.
De una parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General
del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud,
actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008,
de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio
Madrileño de Salud, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño
de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que
se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
De otra parte, D.a María Dolores Vargas Fernández, Alcaldesa-Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de Collado Villalba (en adelante, el Ayuntamiento), por elección
en la sesión plenaria de 17 de junio de 2023, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 21.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, actuando en el ejercicio de su cargo y en representación del municipio señalado, y de conformidad con las previsiones del artículo 25 de esta misma ley, en relación
con el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, que regula la suscripción de convenios entre las Entidades Locales y
la Comunidad de Madrid en asuntos de su interés común.
Las partes se reconocen recíprocamente, en la representación que ostentan, hallándose facultadas para la firma del presente convenio, con capacidad para el otorgamiento del
presente documento y al efecto,
EXPONEN
Primero
Que la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 2.3.b) recoge entre sus principios rectores la concepción integral del
sistema sanitario, incluyendo la promoción de la salud, la educación sanitaria, la prevención, la asistencia en caso de enfermedad, la rehabilitación, la investigación y la formación
sanitaria.
Que el Servicio Madrileño de Salud, en virtud de lo previsto en el artículo 4.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del mismo, es el organismo encargado de la atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, corresponde a la Viceconsejera de Sanidad la Dirección del Servicio Madrileño
de Salud; correspondiendo la competencia para “la propuesta, seguimiento y control de convenios, conciertos, contratos y demás acuerdos con medios ajenos”, de acuerdo con lo establecido en su artículo 2, a la Dirección General Asistencial.
Tercero
El presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de
Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para los conve-
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Segundo
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CONVENIO de colaboración de 7 de enero de 2025, entre el Servicio Madrileño
de Salud, a través del SUMMA 112, y el excelentísimo Ayuntamiento de Collado
Villalba, en materia de asistencia a las urgencias, emergencias sanitarias y
transporte sanitario.
De una parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General
del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud,
actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008,
de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio
Madrileño de Salud, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño
de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que
se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
De otra parte, D.a María Dolores Vargas Fernández, Alcaldesa-Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de Collado Villalba (en adelante, el Ayuntamiento), por elección
en la sesión plenaria de 17 de junio de 2023, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 21.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, actuando en el ejercicio de su cargo y en representación del municipio señalado, y de conformidad con las previsiones del artículo 25 de esta misma ley, en relación
con el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, que regula la suscripción de convenios entre las Entidades Locales y
la Comunidad de Madrid en asuntos de su interés común.
Las partes se reconocen recíprocamente, en la representación que ostentan, hallándose facultadas para la firma del presente convenio, con capacidad para el otorgamiento del
presente documento y al efecto,
EXPONEN
Primero
Que la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 2.3.b) recoge entre sus principios rectores la concepción integral del
sistema sanitario, incluyendo la promoción de la salud, la educación sanitaria, la prevención, la asistencia en caso de enfermedad, la rehabilitación, la investigación y la formación
sanitaria.
Que el Servicio Madrileño de Salud, en virtud de lo previsto en el artículo 4.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del mismo, es el organismo encargado de la atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, corresponde a la Viceconsejera de Sanidad la Dirección del Servicio Madrileño
de Salud; correspondiendo la competencia para “la propuesta, seguimiento y control de convenios, conciertos, contratos y demás acuerdos con medios ajenos”, de acuerdo con lo establecido en su artículo 2, a la Dirección General Asistencial.
Tercero
El presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de
Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para los conve-
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Segundo