D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20250118-19)
Convenio –  Convenio de colaboración de 18 de diciembre de 2024, entre Universidad Francisco de Vitoria, Avanza Spain, S. L., y el Organismo Autónomo Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 15

Décima
Inclusión ámbito de aplicación de la Seguridad Social
De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional quincuagésima segunda
del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, introducida por el Real Decreto-Ley 2/2023, la
realización de prácticas académicas externas, al amparo de la respectiva regulación legal y reglamentaria, determinará la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que
las realicen.
En virtud de la referida disposición y del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre,
por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de
la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, con respecto a las prácticas externas remuneradas, sean curriculares o extracurriculares, deberá ser
Avanza quien asuma la condición de responsable de la inclusión del alumno en el sistema
de la Seguridad Social y toda su gestión, conforme a la legislación aplicable, así como del
abono de las cotizaciones pertinentes desde el inicio hasta la total finalización del período
de prácticas.
Con respecto a las prácticas externas curriculares no remuneradas, las partes acuerdan
que la Universidad asumirá la condición de responsable de la inclusión del alumno en el sistema de la Seguridad social y gestionará todo lo concerniente a esta, de acuerdo con la legislación vigente, así como también asumirá el pago de las cotizaciones que correspondan.
Avanza deberá proporcionar a la Universidad la información necesaria para que esta pueda
comunicar los días efectivos de prácticas a la Seguridad Social.
En lo que se refiere a las prácticas externas extracurriculares no remuneradas, a tenor
de lo dispuesto en la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General
de la Seguridad Social, introducida por el Real Decreto-Ley 2/2023, Avanza será quien asuma la condición de responsable de la inclusión del alumno en el sistema de la Seguridad
social y gestionará todo lo concerniente a esta, de acuerdo con la legislación vigente, así
como también asumirá el abono de las cotizaciones que correspondan, desde el inicio hasta la total finalización del período de prácticas.
Decimoprimera
Relación alumno-Avanza-Consorcio
Los alumnos del programa de becas que desarrollen la parte práctica en el seno de la
empresa, en ningún momento podrán ser considerados empleados de la empresa ni se incorporarán a su estructura organizativa. Los alumnos no tendrán en ningún caso vinculación o relación laboral con Avanza, ni siquiera en lo previsto en la normativa laboral vigente sobre contratación en prácticas o para la formación.
Del mismo modo, el alumno no mantendrá ningún tipo de relación laboral con el Consorcio quien, a través de la suscripción del presente Convenio de colaboración, se compromete a que al alumno desarrolle sus prácticas durante un tiempo determinado en sus instalaciones y bajo la supervisión de un Tutor designado por el propio Consorcio (Tutor
Externo), todo ello, con la finalidad de posibilitar la incorporación del alumno a la actividad laboral.
En caso de incumplimiento de las obligaciones que garantizan el correcto desarrollo
de las prácticas formativas, estas podrán ser suspendidas de manera anticipada.
Decimosegunda
La Dirección de la Universidad podrá proponer a Avanza la colaboración de sus profesionales como personal docente para seminarios especializados o cualquier proyecto de
colaboración o educativo.

BOCM-20250118-19

Colaboración universidad-empresa