D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20250118-18)
Convenio – Convenio de 27 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) y la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención para la financiación de 40 viviendas en alquiler en la parcela 3.6A del Plan Parcial UZP1.03 “Ensanche de Vallecas”, en Madrid, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 15
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
Pág. 283
ñas de difusión para informar a los ciudadanos de la actuación resultante de este Convenio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 del Real Decreto 106/2018, de 9 de
marzo, y la cláusula decimosexta del Convenio de fecha 30 de julio de 2018, suscrito entre
el Ministerio de Fomento (actual Ministerio Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad
de Madrid para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en la publicidad que,
a través de cualquier medio, incluidos los electrónicos, se realice por cualquiera de las Administraciones Públicas o Instituciones, sobre actuaciones derivadas de la aplicación del
presente Convenio, se hará constar expresamente la participación de las distintas instituciones, y que aquellas se realizan en virtud de un Convenio con la Comunidad de Madrid, Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, debiendo incluir en todo caso la imagen
institucional del Gobierno de España-Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, junto con
la correspondiente a la Comunidad de Madrid.
En particular, la referida información constará en los carteles exteriores descriptivos
de las obras, en los que figurará, además, el importe de la subvención aportada, en su caso,
por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
En el caso de instalación de placas o identificativos de carácter permanente en el exterior de las viviendas, deberá incluirse en aquellos la referencia a la financiación con cargo
al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Decimonovena
Naturaleza jurídica y jurisdicción
El presente Convenio tiene naturaleza de los previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos
o resolución del contenido del presente Convenio que no hayan sido solucionadas por la
Comisión Bilateral prevista en la cláusula decimocuarta, serán resueltas de conformidad
con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Vigésima
En relación con los datos personales a los que tengan acceso con motivo de las actuaciones derivadas de este convenio, las partes firmantes se obligan a cumplir con lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y su normativa de desarrollo.
Las partes consienten que los datos personales del presente convenio se puedan incorporar a Registros de Actividades de Tratamiento de titularidad de cada de ellas, con la única finalidad de proceder a la gestión adecuada de los mismos. El ejercicio de los derechos
de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición y a no ser objeto de
decisiones individuales automatizadas se podrá llevar a cabo en los términos legalmente establecidos.
Por ello, deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para
garantizar la seguridad de los datos de carácter personal a los que pudieran tener acceso y
evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
La Agencia de Vivienda Social se obliga a mantener la más estricta confidencialidad
respecto de la información a la que tenga acceso en el seno del convenio, comprometiéndose a adoptar todas las medidas que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de esta
obligación por su personal y/o colaboradores durante la vigencia del mismo y después de
su expiración.
El uso de los datos personales para una finalidad distinta convertirá a la parte que realice dicho uso en responsable de las posibles infracciones que se deriven de su uso incorrecto.
Vigesimoprimera
Entrada en vigor, vigencia y resolución del Convenio
El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y, la vigencia del
mismo será de un plazo máximo de cuatro años.
BOCM-20250118-18
Protección de datos
B.O.C.M. Núm. 15
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
Pág. 283
ñas de difusión para informar a los ciudadanos de la actuación resultante de este Convenio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 del Real Decreto 106/2018, de 9 de
marzo, y la cláusula decimosexta del Convenio de fecha 30 de julio de 2018, suscrito entre
el Ministerio de Fomento (actual Ministerio Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad
de Madrid para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en la publicidad que,
a través de cualquier medio, incluidos los electrónicos, se realice por cualquiera de las Administraciones Públicas o Instituciones, sobre actuaciones derivadas de la aplicación del
presente Convenio, se hará constar expresamente la participación de las distintas instituciones, y que aquellas se realizan en virtud de un Convenio con la Comunidad de Madrid, Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, debiendo incluir en todo caso la imagen
institucional del Gobierno de España-Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, junto con
la correspondiente a la Comunidad de Madrid.
En particular, la referida información constará en los carteles exteriores descriptivos
de las obras, en los que figurará, además, el importe de la subvención aportada, en su caso,
por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
En el caso de instalación de placas o identificativos de carácter permanente en el exterior de las viviendas, deberá incluirse en aquellos la referencia a la financiación con cargo
al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Decimonovena
Naturaleza jurídica y jurisdicción
El presente Convenio tiene naturaleza de los previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos
o resolución del contenido del presente Convenio que no hayan sido solucionadas por la
Comisión Bilateral prevista en la cláusula decimocuarta, serán resueltas de conformidad
con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Vigésima
En relación con los datos personales a los que tengan acceso con motivo de las actuaciones derivadas de este convenio, las partes firmantes se obligan a cumplir con lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y su normativa de desarrollo.
Las partes consienten que los datos personales del presente convenio se puedan incorporar a Registros de Actividades de Tratamiento de titularidad de cada de ellas, con la única finalidad de proceder a la gestión adecuada de los mismos. El ejercicio de los derechos
de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición y a no ser objeto de
decisiones individuales automatizadas se podrá llevar a cabo en los términos legalmente establecidos.
Por ello, deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para
garantizar la seguridad de los datos de carácter personal a los que pudieran tener acceso y
evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
La Agencia de Vivienda Social se obliga a mantener la más estricta confidencialidad
respecto de la información a la que tenga acceso en el seno del convenio, comprometiéndose a adoptar todas las medidas que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de esta
obligación por su personal y/o colaboradores durante la vigencia del mismo y después de
su expiración.
El uso de los datos personales para una finalidad distinta convertirá a la parte que realice dicho uso en responsable de las posibles infracciones que se deriven de su uso incorrecto.
Vigesimoprimera
Entrada en vigor, vigencia y resolución del Convenio
El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y, la vigencia del
mismo será de un plazo máximo de cuatro años.
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Protección de datos