D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250118-11)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Asociación Madrid Rutas del Vino, para la concesión directa por razones excepcionales de interés público y social de una subvención por un importe total de 316.931,35 euros destinada a la promoción y desarrollo del sector del vino en los municipios rurales de menos de 5.000 habitantes de la Comunidad de Madrid
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 148

SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 15

b) Las actuaciones deberán estar localizadas en municipios de menos de 5.000 habitantes.
c) Las inversiones deberán respetar la normativa urbanística vigente, aportando todas las autorizaciones, licencias o concesiones necesarias para que la obra proyectada pueda realizarse con sujeción estricta a la legalidad.
d) Se garantizará, en todo caso, la moderación de costes con el objeto de que los costes presentados se correspondan con los precios de mercado.
Séptima
Subcontratación
La entidad beneficiaria de la subvención podrá subcontratar la ejecución de la actividad que constituye el objeto de la subvención, de acuerdo con lo previsto en el artículo 29
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 68 del
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba su Reglamento de desarrollo. La actividad subvencionada que el beneficiario puede subcontratar con terceros no excederá del 80
por 100 del importe de la actividad subvencionada.
Octava
Plazo de justificación de la actividad subvencionada
El plazo máximo de justificación de la realización de la actividad subvencionada será
el 30 de septiembre de 2025.
Novena
1. La Asociación Madrid Rutas del Vino deberá cumplir los requisitos y las obligaciones previstos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la
Comunidad de Madrid. Por ello, deberá aportar, con carácter previo a la concesión de la
subvención, la declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias
recogidas en los mencionados artículos.
2. La Asociación Madrid Rutas del Vino deberá destinar los bienes subvencionados
a la actividad objeto del convenio, durante un período no inferior a cinco años, contados
desde el pago de esta subvención, cuando se trate de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inmuebles o vehículos. Para el resto de bienes inventariables el período será de 2 años.
3. Remitir a la Dirección General de Reequilibrio Territorial en el plazo máximo de
diez días hábiles desde la firma del presente convenio la propuesta de proyecto a ejecutar,
que deberá contener y describir las actuaciones concretas a desarrollar de acuerdo con la
cláusula quinta.
4. La Asociación Madrid Rutas del Vino, en todas las actividades de información y
comunicación que lleve a cabo en relación con la acción subvencionada, deberá hacer constar la participación de la Comunidad de Madrid y la financiación de la Administración General del Estado a través del Fondo de Cohesión Territorial.
5. La Asociación Madrid Rutas del Vino deberá establecer puntos de información,
en colaboración con las bodegas participantes, a los efectos de informar de las actividades
de la Dirección General de Reequilibrio Territorial en materia de revitalización de los municipios rurales, que permita la difusión del programa regional denominado “Pueblos con
vida”, con el contenido mínimo que se establezca por dicha dirección general.
En el proyecto a presentar se realizará la propuesta concreta de establecimiento de puntos de información. Se priorizará la unificación de puntos de información.
6. La Asociación Madrid Rutas del Vino deberá acreditar la realización de la actividad subvencionada, así como el gasto y la efectividad del pago, de conformidad con la siguiente cláusula.
Décima
Justificación de la subvención
1. La realización de la actividad subvencionada se justificará por la modalidad de
cuenta justificativa. La Asociación Madrid Rutas del Vino presentará ante la Dirección Ge-

BOCM-20250118-11

Obligaciones de la Asociación Madrid Rutas del Vino