D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250116-24)
Convenio –  Convenio de 26 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Politécnica de Madrid, para la concesión directa de una subvención para el apoyo al desarrollo de la misión UPMSat-3 por importe de 150.000 euros, correspondiente al ejercicio económico 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 13

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE ENERO DE 2025

Pág. 65

Decimoctava
Modificación de la subvención
1. La modificación del presente convenio se llevará a cabo, en su caso, a instancia de
la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) dentro del
marco establecido por la vigente normativa en materia de subvenciones, y se formalizará
mediante adenda al convenio por el órgano concedente de la subvención.
2. Conforme al artículo 6.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la
modificación y revocación de la subvención otorgada.
Decimonovena
Vigencia
El presente convenio tendrá vigencia desde el día de la firma electrónica del último
signatario hasta el 30 de junio de 2025, incluyendo el periodo de justificación, teniendo en
cuenta las obligaciones de justificación dispuesta en su cláusula decimoprimera, sin perjuicio de que las actuaciones financiadas se hayan podido iniciar desde el 1 de enero de 2024.
Vigésima
Jurisdicción competente
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa del municipio de Madrid es la competente para la resolución de cualquier litigio derivado de la interpretación, aplicación o efectos
del convenio.
Vigésima primera
Régimen jurídico

BOCM-20250116-24

1. El presente convenio tiene naturaleza de subvención, y se rige por lo dispuesto en
el artículo 4.5.c) apartado 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Le es de aplicación la siguiente normativa:
a) Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación
(2022/C 414/01).
b) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, aplicable
en la medida en que no sea incompatible con la normativa reguladora de las subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.7 de dicha Ley.
c) Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
d) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
f) Ley 5/1998, de 7 de marzo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid.
Este convenio se firma en Madrid, de forma electrónica, considerándose como fecha del
convenio la que aparece en la firma del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.
Madrid, a 26 de diciembre de 2024.—El Rector de la Universidad Politécnica de
Madrid, Guillermo Cisneros Pérez.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
Emilio Viciana Duro.