D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250115-36)
Convenio –  Convenio de colaboración de 20 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Alcorcón para la gestión de un Centro de Acogida para mujeres víctimas de Violencia de Género, sus hijos y personas dependientes, para el año 2025
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 12

— El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa aplicable sobre
Protección de Datos Personales, referida en la cláusula octava de este Convenio.
— Cualquier otra de las contenidas en la legislación vigente aplicable a este Convenio.
En el caso de que se produzca alguna de las causas de resolución recogidas en la presente cláusula, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que se avenga a su cumplimiento en un plazo de 20 días hábiles, especificando las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado al responsable de la Comisión de Seguimiento.
Si transcurrido el plazo indicado persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió
notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá
resuelto el convenio con los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, en cuanto a la liquidación de las obligaciones y compromisos.
Décimo séptima
Régimen transitorio

BOCM-20250115-36

Solo podrán imputarse a este convenio los gastos por los servicios prestados en los términos explicitados en el presente convenio.
No obstante lo anterior, se admitirá como gasto justificado, el gasto derivado de la
prestación del servicio en el centro de acogida, aun en el caso de que se realice por un equipo profesional que no sea el indicado en el Anexo I, B.1) Gestión del Centro de Acogida.
Equipo profesional multidisciplinar, siempre que sea el mismo que haya prestado la atención integral a los usuarios del centro, con carácter inmediatamente anterior a la entrada en
vigor de este convenio y hasta un plazo máximo de seis meses, al objeto de preservar la continuidad del servicio, y otorgar un tiempo al Ayuntamiento para la ultimación de la contratación del Equipo profesional multidisciplinar, con arreglo al presente convenio.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
Convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 20 de diciembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—Por el Ayuntamiento de Alcorcón, la Alcaldesa-Presidenta, Candelaria Testa Romero.