Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20250113-49)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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B.O.C.M. Núm. 10

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE ENERO DE 2025

parte del expediente PFot-551 SPK Borneo (Resolución de 25 de mayo de 2023, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 132, de 3 de junio de 2023), en adelante, DIA/PFot-551.
Para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
(i) En cuanto a la generación, la eliminación de los paneles solares de la zona norte en
29,50 hectáreas y de la zona sur en 11,62 hectáreas, así como una redistribución del
equipamiento principal y modificación de sus características básicas, según condición 1.i) Condiciones Generales (1) de la DIA/PFot-541. Finalmente, la superficie del
proyecto resulta en 150,7 hectáreas.
(ii) En cuanto a la evacuación, la compactación, el soterramiento parcial, la modificación de las características básicas de la línea de evacuación procedente del parque
fotovoltaico y compartida con otros parques, incluyendo el desplazamiento y modificación de características básicas de la subestación eléctrica SET Alten Tres
Cantos a 220/30 kV dentro del recinto de la planta solar fotovoltaica según las
condiciones 1.i) Condiciones Generales (1), de la DIA/PFot-541, 1.ii). Fauna. (1)
de la DIA/PFot-551 y 1.ii). Vegetación, flora e HICs. (5) de la DIA/PFot-551.
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de
alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Alten Renovables Iberia 6, S.L.U., solicita, con fecha 29 de diciembre de 2023, autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente, autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, para el parque fotovoltaico Alten Tres Cantos, de 97,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de El Cubillo de Uceda,
y Uceda, en la provincia de Guadalajara, y Torremocha de Jarama, Torrelaguna, El Vellón,
El Molar, San Agustín de Guadalix y Colmenar Viejo, en la Comunidad de Madrid.
El expediente ha sido incoado en la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara y en el Área Funcional de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Madrid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en
los artículos 127, y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Carreteras del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Delegación Provincial de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), de
la Dirección General de Protección Civil, Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de
Madrid y de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e interior de la Comunidad de Madrid. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), de
la Dirección General de Calidad Ambiental y Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Diputación Provincial de Guadalajara, de la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Dirección General de Protección Ciudadana de
la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, del Canal de Isabel II, de Madrileña Red de Gas,
de Red Eléctrica de España, S.A.U., del Ayuntamiento de Cubillo de Uceda, del Ayuntamiento de Uceda y del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en las que se establecen condi-

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