D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250113-31)
Convenio – Convenio específico de 18 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Aladina, para el acondicionamiento y decoración de una nueva sala de padres de la UCI de Pediatría del edificio materno-infantil del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 10
LUNES 13 DE ENERO DE 2025
Pág. 179
los fines fundacionales y las actividades para la consecución de dichos fines, se elaborarán
e implementarán las actuaciones de colaboración previstas en el Anexo I adjunto.
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto, la mejora de espacios mediante realización de
una sala de espera para padres en la UCI pediátrica para una mayor comodidad de los mismos y su desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos
sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes pediátricos ingresados
en la UCI pediátrica de la segunda planta del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”. El objetivo prioritario es conseguir que los entornos hospitalarios sean más humanos y hagan que los pacientes y sus familiares se sientan en un entorno más acogedor y familiar, de acuerdo a las actuaciones que se especifican en el Anexo I de este convenio.
Segunda
1. La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, se compromete a:
— Utilizar los circuitos de comunicación existentes para difundir las actividades que desarrolle la Fundación en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
— Difundir en la página web de la Consejería de Sanidad el enlace de acceso a la memoria anual de la Fundación detallando la actividad objeto del presente convenio,
al objeto de facilitar la información a ciudadanos y profesionales sanitarios.
2. El Servicio Madrileño de Salud, se compromete a:
— Facilitar a la Fundación toda la información técnica y de cualquier otra naturaleza
o tipo que tenga a su disposición y sea necesaria para la ejecución de lo previsto
en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
— Coordinar junto con la Fundación las obras de ejecución a través de sus equipos
técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por la Fundación en
este sentido, habrán de ser previamente consensuadas con el equipo técnico del
Hospital General Universitario “Gregorio Marañón” de acuerdo con los requisitos
técnicos y de seguridad que la intervención requiera.
— Validar y aprobar cada una de las fases del proyecto, así como la aprobación previa para cualesquiera cambios que pudieran producirse.
— Proceder, una vez concluida la obra, a la recepción y a efectuar los trámites oportunos para la inclusión y registro de los elementos que lo requieran en el patrimonio de la Comunidad de Madrid.
3. La Fundación Aladina, se compromete a:
— Invertir las cantidades necesarias para concluir la ejecución del proyecto, cuyo
presupuesto y plazos de ejecución figuran en el Anexo I.
— Contratar los medios técnicos y humanos necesarios para la realización del proyecto, contratando directamente con las sociedades y entidades que considere
oportunas para su ejecución.
— Coordinar, junto con el Servicio Madrileño de Salud, las obras de ejecución a través de sus equipos técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por
la fundación, habrán de ser previamente consensuadas con el Servicio Madrileño
de Salud a través del equipo técnico del Hospital General Universitario “Gregorio
Marañón” de acuerdo con los requisitos técnicos y de seguridad que la intervención requiera.
— Hacerse cargo de todos los estudios, planos, proyecto de adecuación, presupuesto, etc.,
necesarios para la total ejecución del proyecto.
— Cumplir los requisitos y trámites administrativos pertinentes y asumir el coste total de la obra.
BOCM-20250113-31
Compromisos de las partes
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 10
LUNES 13 DE ENERO DE 2025
Pág. 179
los fines fundacionales y las actividades para la consecución de dichos fines, se elaborarán
e implementarán las actuaciones de colaboración previstas en el Anexo I adjunto.
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto, la mejora de espacios mediante realización de
una sala de espera para padres en la UCI pediátrica para una mayor comodidad de los mismos y su desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos
sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes pediátricos ingresados
en la UCI pediátrica de la segunda planta del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”. El objetivo prioritario es conseguir que los entornos hospitalarios sean más humanos y hagan que los pacientes y sus familiares se sientan en un entorno más acogedor y familiar, de acuerdo a las actuaciones que se especifican en el Anexo I de este convenio.
Segunda
1. La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, se compromete a:
— Utilizar los circuitos de comunicación existentes para difundir las actividades que desarrolle la Fundación en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
— Difundir en la página web de la Consejería de Sanidad el enlace de acceso a la memoria anual de la Fundación detallando la actividad objeto del presente convenio,
al objeto de facilitar la información a ciudadanos y profesionales sanitarios.
2. El Servicio Madrileño de Salud, se compromete a:
— Facilitar a la Fundación toda la información técnica y de cualquier otra naturaleza
o tipo que tenga a su disposición y sea necesaria para la ejecución de lo previsto
en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
— Coordinar junto con la Fundación las obras de ejecución a través de sus equipos
técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por la Fundación en
este sentido, habrán de ser previamente consensuadas con el equipo técnico del
Hospital General Universitario “Gregorio Marañón” de acuerdo con los requisitos
técnicos y de seguridad que la intervención requiera.
— Validar y aprobar cada una de las fases del proyecto, así como la aprobación previa para cualesquiera cambios que pudieran producirse.
— Proceder, una vez concluida la obra, a la recepción y a efectuar los trámites oportunos para la inclusión y registro de los elementos que lo requieran en el patrimonio de la Comunidad de Madrid.
3. La Fundación Aladina, se compromete a:
— Invertir las cantidades necesarias para concluir la ejecución del proyecto, cuyo
presupuesto y plazos de ejecución figuran en el Anexo I.
— Contratar los medios técnicos y humanos necesarios para la realización del proyecto, contratando directamente con las sociedades y entidades que considere
oportunas para su ejecución.
— Coordinar, junto con el Servicio Madrileño de Salud, las obras de ejecución a través de sus equipos técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por
la fundación, habrán de ser previamente consensuadas con el Servicio Madrileño
de Salud a través del equipo técnico del Hospital General Universitario “Gregorio
Marañón” de acuerdo con los requisitos técnicos y de seguridad que la intervención requiera.
— Hacerse cargo de todos los estudios, planos, proyecto de adecuación, presupuesto, etc.,
necesarios para la total ejecución del proyecto.
— Cumplir los requisitos y trámites administrativos pertinentes y asumir el coste total de la obra.
BOCM-20250113-31
Compromisos de las partes